Prensa.
Estimulo.com.
Dirigentes del Partido Socialista Unido
de Venezuela (PSUV) informaron que algunos tribunales penales estadales dejaron
sin efecto la recolección del 1% de firmas para la activación del revocatorio
presidencial. A pesar de esto, expertos electorales aseguran que el Consejo
Nacional Electoral (CNE) sigue trabajando de cara al 20% y el
constitucionalista, Juan Rafalli, sostuvo para El Estímulo que una decisión así
sería inconstitucional.
La única decisión que ha trascendido a
la opinión pública es la de Bolívar, en la que se lee que hay un víctima
interponiendo una acción, en este caso, una querella. Queda la duda de si es
posible que un tribunal estadal pueda emitir una cautelar de suspensión en un
evento que afecta el derecho de las mayorías, en este caso de 406 mil personas,
que validaron sus firmas en junio pasado, teniendo además en cuenta que es un
Gobierno que en su retórica utiliza los intereses del colectivo como bandera.
El gobernador del estado Aragua, Tareck
El Aissami, fue el primero en afirmar en su cuenta de Twitter que el Tribunal
Penal de su estado anuló el proceso de recolección de firmas para el
revocatorio presidencial y ordenó reparar el “fraude cometido por la Mesa de la
Unidad Democrática (MUD)”. Minutos más tarde, el gobernador de Carabobo,
Francisco Ameliach, escribió también que el Tribunal Penal de Carabobo dejó sin
efecto la recolección del 1% en esa entidad. También, Francisco Rangel indicó
que “se introdujo un recurso legal para invalidar la mega estafa montada por la
MUD, logrando en Bolívar (su gobernación) la suspensión del proceso”. Se fueron
sumando estados hasta llegar, al cierre de esta nota, a cinco.
El periodista experto en la fuente
electoral, Eugenio Martínez, expresó que a pesar de estos mensajes, el CNE
continúa auditando las máquinas para la recolección del 20% programada para la
próxima semana y que el Poder Electoral no ha recibido notificación de
paralización del proceso. Asimismo, expresó que un tribunal penal no tiene
competencia para anular un procedimiento como el de recolección de firmas.
Consultado por El Estímulo, el
constitucionalista Juan Rafalli señaló que todavía no se conocen formalmente
las sentencias a las que han hecho referencia los gobernadores, pero que ningún tribunal regional tiene
jurisdicción nacional por lo que decisiones de este tipo no deben afectar el
revocatorio.
“Si es un tribunal regional, solo tiene
jurisdicción en su estado, y si es una decisión con potencialidad para afectar
en un proceso nacional, no puede ser tomada por un ente regional porque está
tratando una materia de interés nacional”, analizó.
El jurista añadió que los tribunales
penales no tienen potestad en materia electoral y que es el CNE el que por vía
administrativa o en sede judicial, a través del Tribunal Supremo de Justicia
(TSJ), el que podría decidir una sentencia de este tipo.
Añadió que en el caso de un presunto
fraude de firmas, denuncia en la que se basa el PSUV, los jueces penales pueden
dictar medidas cautelares contra los que cometieron el delito no contra el
proceso. Es decir, contra cada una de las personas que usurpó la firma, no
contra la Unidad.
“Estas no son sentencias jurídicas sino
vehículos de decisión política”, dijo. Hasta el momento todo está en el terreno
de las especulaciones porque no se conoce el contenido de las presuntas
sentencias. A las 6:30 pm, las páginas de los tribunales no han informado al
respecto y la Sala Electoral que es la llamada para dar a conocer una decisión
de interés nacional en esta materia, tampoco se ha manifestado.
El CNE había decidido que para el 1%,
primer paso para activar el revocatorio, la recolección tenía que ser por
estado y que si no se lograba en uno, quedaba anulado por completo el proceso.
Por esto quedan dudas al aire.
Otros juristas dicen que el CNE dirimió
las posibles inconsistencias en firmas al dejar por fuera unas 600 mil de las
casi dos millones presentadas por la MUD, por eso la alianza de partidos tuvo
que validar un millón 300 mil entre el 20 y el 24 de junio. Además, el Poder
Electoral consideró que las 600 mil rúbricas que fueron desvirtuadas no
afectaban, ni en la etapa de recolección ni en la de validación, el resultado
que requería la alianza opositora para lograra el porcentaje requerido. Incluso
la Ley de Procesos Electorales señala, en relación al fraude, que solo procede
cuando se ve afectado el resultado.