Prensa.
Foro por la Vida.
Las organizaciones no- gubernamentales
de derechos humanos que suscribimos el presente pronunciamiento, integrantes de
la coalición “Foro por la Vida” rechazamos categóricamente las sentencias N°
155 del 28 de marzo de 2017[1] y 156 del 29 de marzo de 2017 [2] emitidas por
la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (SC-TSJ) . Estas
decisiones desconocen el mandato constitucional de los diputados libremente
elegidos en votación popular y golpean las garantías constitucionales relativas
a la separación y autonomía de los poderes públicos.
Las referidas sentencias de la Sala
Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (en adelante TSJ) confirman la preocupación manifestada por los
distintos órganos internacionales de protección de derechos humanos ante la
ausencia de institucionalidad democrática, separación de los poderes y ruptura
de las garantías democráticas básicas [3].
La actuación del TSJ confirma la ausencia de una institucionalidad
democrática en el país.
La Sala Constitucional del Tribunal
Supremo de Justicia, en su sentencia número 156, dá un golpe certero a los
restos de soberanía popular que quedan en el ordenamiento político e institucional
venezolano al abolir de facto las competencias de la Asamblea Nacional (en
adelante AN). Las sentencia usa como pretexto un supuesto desacato a fallos
anteriores del propio tribunal; con este nuevo fallo queda abolida de hecho la
voluntad del pueblo venezolano que libremente eligió a la Asamblea Nacional
como órgano del Poder Público de Elección Popular.
El TSJ con su sentencias 155 y 156 destruye el Estado de
Derecho al otorgar al Ejecutivo atribuciones que son exclusivamente de la
Asamblea Nacional contempladas en el artículo 187 de la Constitución; declara
la "omisión institucional parlamentaria" y decidió que "
mientras persista la situación de desacato y de invalidez de las actuaciones de
la Asamblea Nacional, esta Sala Constitucional garantizará que las competencias
parlamentarias sean ejercidas directamente por esta Sala o por el órgano que ella
disponga, para velar por el Estado de Derecho".
Estas sentencias de facto constituyen la
consumación de la disolución o cierre jurídico de las competencias
constitucionales de la AN, lo cual es una ruptura del orden constitucional que
afecta gravemente el funcionamiento de la democracia. Configura un secuestro de
la soberanía popular representativa de la AN que es la esencia de una
democracia: el respeto a la voluntad popular.
Con estas sentencias la Sala
Constitucional de Tribunal Supremo de Justicia transgrede y da la espalda a sus
atribuciones constitucionales y a los compromisos internacionales asumidos en
la Carta de la Organización de Estados Americanos y en los distintos
instrumentos de protección de derechos humanos.
De acuerdo a la Fiscal General de
República, Luisa Ortega Díaz, “estas sentencias tienen varias violaciones del
orden constitucional ydesconocimiento del modelo de Estado consagrado en la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,. Lo que constituye una
ruptura del orden constitucional”.
El Foro por la Vida recuerda que estos
principios y normas constitucionales son transgredidos precisamente por el
órgano llamado a ser su intérprete y garante de su supremacía y efectividad.
Por ello señalamos que toda autoridad usurpada es ineficaz y sus actos nulos;
de igual modo la Constitución no pierde su vigencia si dejare de observarse por
acto de fuerza.
Por más que desde el poder recrudezca la
conducta criminalizadora y estigmatizante, destinada a silenciar la crítica y
el debate democrático, seguiremos firmemente cumpliendo el deber y el derecho
de todo ciudadano a exigir la plena vigencia del orden constitucional y el
respeto íntegro e indivisible de todos los derechos humanos garantizados en la
constitución y en los instrumentos internacionales.
La grave situación social derivada del
rápido empobrecimiento de la población, la crisis de los servicios de salud
publica, las altas tasas de violencia criminal, el deterioro de la educación
pública y la desnutrición no pueden enfrentarse efectivamente sin plenas
garantías para las libertades y derechos humanos.
Ante tan delicada situación que afecta
la vigencia de la institucionalidad republicana establecida en la Constitución,
las organizaciones del Foro por la Vida reafirman la importancia del estricto
apego a las normas del derecho internacional de los derechos humanos como
mecanismo para alcanzar la justicia y dignidad para todas las personas.
Exigimos que se reestablezcan inmediata
y plenamente los derechos y libertades de la personas que habitan en el
territorio venezolano y ello implica ceñirse con estricto apego a lo
establecido en el derecho internacional de los derechos humanos y las garantías establecidas en la Constitución
venezolana.
Requerimos a las altas autoridades del
gobierno nacional el cese de la violencia institucional en contra del Poder
Legislativo y que se respeten los mecanismos instititucionales para avanzar en
la resolución de la grave crisis política nacional.
Agradecemos la solidaridad expresada por
diversos gobiernos, personalidades y organizaciones de derechos humanos que
igualmente rechazaron estas sentencias y reclaman la recuperación de la
institucionalidad democrática en Venezuela
Acción solidaria
Accion Ciudadana contra el SIDA (ACCSI)
Caritas Los Teques
Centro de DDHH de la UCV
Centro de Derechos Humanos de la
Universidad Católica Andrés Bello
Cofavic
Comisión de Justicia y Paz de la
Conferencia Episcopal Venezolana
Comisión de Justicia y Paz de la Conver
Coprodeh
Espacio Público
Observatorio Venezolano de Derechos Humanos de las mujeres
Servicio Jesuita a Refugiados
Vicaria de Dd.hh de Caracas