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miércoles, 5 de abril de 2017

Luis Lippa desde AN: “Quiero decirle al mundo que continúa el golpe de estado continuado y hoy tomaremos acciones”

Prensa. Senderos de Apure.net. Eduardo Galindo Peña.
Los diputados de la asamblea nacional de la oposición desde las 6 de la mañana fueron llegando poco a poco al parlamento venezolano para no ser objeto de atropellos y obstaculizaciones por parte de la fuerza pública o grupos colectivos este miércoles 05 de abril de 2015. Por ello, que en su mayoría el bloque opositor esta sesionando en cámara para denunciar el golpe de estado continuado del TSJ y lograr destituir a dichos magistrados del Tribunal Supremo de Justicia que promulgaron y derogaron la sentencias 155 y 156. Así lo informó, desde la asamblea nacional el diputado por Apure, Luis Lippa.

Destacó Lippa, que los magistrados del TSJ hicieron uso de las usurpaciones de funciones  que no le corresponde. Además dijo el diputado apureño, “estamos solicitando la destitución de los magistrados y el reconocimiento que sectores del oficialismo dieron un golpe de estado  al país a través del Tribunal Supremo de Justicia nos quitan nuestro derecho como diputado a pesar que el TSJ revocó esta sentencia. Pero ellos, quieren continuar y nosotros nos negamos que esto suceda como si nosotros estuviéramos en desacató. El único que está en desacató es el Tribunal  Supremo de Justicia”.

También en diputado Luis Lippa dijo que aspiraban que los diputados del oficialismo se presenten para que debatieran esta problemática y traten de defender lo indefendible, ya que si no se presentaba seria la novena vez que lo efectuarían y desde el 06 de diciembre de 2016, tomaron una medida cautelar para quitar a los 3 diputados de Amazonas incluyendo el diputado de la región sur que comprende los estados; Amazonas y Apure y anterior a eso nombraron la otras asamblea los magistrados actuales que no reúnen las condiciones y funciones para ser magistrado del país.

De igual, forma el diputado Lippa expresó, “Quiero decirle  Apure, Venezuela y el mundo que continúa el golpe de estado continuado y hoy tomaremos acciones y la responsabilidad debe ser la destitución de los miembros del TSJ y se le abra un procedimiento judicial por romper el hilo constitucional.

Cabe destacar, que el diputado, Luis Lippa, adicionalmente a la entrevista que nos concedió vía digital desde la asamblea nacional  nos hizo llegar un resumen del tema a debatir en el parlamento venezolano sobre las sentencias 155, 156, 157 y 158 del TSJ:

RESUMEN SENTENCIA 155
Se declara la nulidad del Acuerdo dictado por la Asamblea Nacional el 21 de marzo sobre la Reactivación del Proceso de Aplicación de la Carta Interamericana de la OEA:

- Se reitera el desacato y omisión legislativa continuada y que la AN incurrió en actos de traición a la patria promoviendo la injerencia de autoridad extranjera sin mayor argumentación.

- AN rompe el orden y el hilo constitucional. SC inicia de oficio luego de la nulidad del acuerdo un nuevo juicio, denominado proceso de control innominado de la constitucionalidad.

- Como medida cautelar otorga al presidente ejercer medidas internacionales, civiles, económicas, militares, penales, administrativas, políticas, jurídicas y sociales en el marco del Estado de Excepción y ante el desacato y omisión de la AN, revisar excepcionalmente la legislación.

- Inmunidad parlamentaria sólo ampara, conforme al 200 constitucional, los actos desplegados por los diputados en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, lo que es incompatible ante el desacato y ante ilícitos constitucionales fragantes.


RESUMEN SENTENCIA 156
Corporación Venezolana de Petróleo solicitó recurso de interpretación del ART 187 numeral 24 CRBV y ART 33 de la Ley Orgánica de Hidrocarburos.

Sala señala que Junta Directiva 2016 al incurrir en desacato de sentencia que acordó la dejar sin efecto proclamación y desincorporación de Diputados Amazonas se encuentra en “Omisión Inconstitucional Parlamentaria” y por tanto:

• No hay impedimento alguno para que el Ejecutivo constituya empresas mixtas según ART 33 de la LOH. La AN no podrá modificar ni establecer condiciones para el establecimiento de dichas empresas.

• El presidente en el marco del Estado de Excepción y ante el Desacato podrá *revisar excepcionalmente la legislación*

• Ante desacato de la AN e invalidez de sus actuaciones, la Sala ejercerá competencias parlamentarias o el órgano que ella disponga.

RESUMEN SENTENCIA 157
La Sala Constitucional atendiendo exhorto del Consejo de Defensa procedió de oficio a aclarar sentencia 155:

1. Reiteró desacato y omisión de la AN.

2. Revocó párrafo que señalaba que antes ilícitos constitucionales y penales flagrantes y situación de desacato no se ampara la inmunidad establecida en el ART 200 CRBV.

3. Revocó punto 5.1.1 que otorgaba al Presidente ejercer medidas internacionales, civiles, económicas, militares, penales, administrativas, políticas, jurídicas y sociales en el marco del Estado de Excepción y ante el desacato y omisión de la AN, revisar excepcionalmente la legislación

RESUMEN SENTENCIA 158
La Sala Constitucional atendiendo exhorto del Consejo de Defensa procedió de oficio a aclarar sentencia 156:

1. Reiteró desacato y omisión de la AN.

2. Señaló ejercicio de las competencias parlamentarias por parte de la SC y el presidente son cautelares y circunstanciales ante situación de desacato. Por lo que

3. Revocó potestad del presidente de reformar la Ley de Hidrocarburos

4. Revocó párrafo que señale que ante desacato de la AN e invalidez de sus actuaciones, la Sala ejercerá competencias parlamentarias o el órgano que ella disponga.

LO QUE NO MODIFICARON LAS SENTENCIAS 157 y 158
1. Enunciamiento de que los diputados incurrieron en el delito de traición a la patria (155)

2. Juicio iniciado contra la AN, al considerar que ésta atenta contra la CRBV, y la estabilidad de la República (155)

3. Usurpación de la función de control sobre la creación de empresas mixtas al gobierno bajo el control de la SC (156)


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