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La Organización No Gubernamental (ONG)
Acceso a la Justicia (Observatorio Venezolano de la Justicia) preparó un
estudio especial para explicar a los votantes los detalles de la consulta
popular, o plebiscito convocada para este domingo 16 de julio por la coalición opositora Mesa de la
Unidad Democrática (MUD) en toda Venezuela y en varios países de América,
Europa, Asia y Oceanía:
La consulta popular (artículo 70 de la
Constitución) busca el pronunciamiento ciudadano sobre la Asamblea Nacional
Constituyente (ANC), el rol de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), así
como la renovación de los poderes públicos, frente al proceso constituyente que
fue emprendido por el Ejecutivo Nacional sin previo referendo aprobatorio por
parte de la población venezolana.
El pasado 5 de julio la Asamblea
Nacional (AN) aprobó por unanimidad un Acuerdo sobre el Rescate de la
Democracia y la Constitución con el que se llama formalmente a la celebración
de la jornada, orientada, de acuerdo con el parlamento, a “restablecer la
vigencia de la Constitución al amparo del artículo 333”. En tal sentido, Acceso
a la justicia presentó 8 preguntas y respuestas sobre la consulta popular, con
el objetivo de facilitar la comprensión del evento:
¿Qué consulta la AN al pueblo soberano?
La AN quiere consultar al pueblo sobre
el proceso de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) convocado por el
Presidente de la República; el papel que debe jugar la Fuerza Armada Nacional
Bolivariana (FANB) en el país; y, si aprueba o no la renovación de los poderes
públicos, a través de las siguientes interrogantes:
¿Rechaza y desconoce la realización de
una Constituyente propuesta por Nicolás Maduro sin la aprobación previa del
pueblo de Venezuela?
¿Demanda a la Fuerza Armada Nacional y a
todo funcionario público obedecer y defender la Constitución del año 1999 y
respaldar las decisiones de la Asamblea Nacional?
¿Aprueba que se proceda a la renovación
de los Poderes Públicos de acuerdo a lo establecido en la Constitución y a la
realización de elecciones libres y transparentes, así como a la conformación de
un Gobierno de Unión Nacional para restituir el orden constitucional?
¿Las preguntas antes planteadas están cónsonas
con el texto de la Constitución?
Sí, pues cada uno de los contenidos
presentes en las mencionadas interrogantes están enmarcadas dentro de lo
dispuesto en el artículo 70 de la Constitución que establece la posibilidad de
consultar al pueblo sobre las “materias de interés nacional”, razón por la cual
no se pretende desconocer los principios, valores y normas que componen nuestra
estructura constitucional y legal.
¿En qué se fundamenta la AN para
realizar la consulta popular aprobada en sesión del 5 de julio de 2017?
El soporte fundamental de esta
convocatoria se encuentra en el ejercicio directo de la soberanía del pueblo,
conforme a los artículos 5, 62 y 70 de la Constitución, y en la facultad que
tiene la AN de organizar y promover la participación ciudadana en los asuntos
de su competencia de acuerdo con los artículos 187, numeral 4 de la Constitución,
y 127 del Reglamento Interior y de Debates de la AN.
¿La consulta popular convocada por la AN
es un referendo?
No. Es necesario advertir que todos los
referendos son consultas populares, pero no todas las consultas populares son
referendos. En Venezuela, la principal diferencia entre ambos mecanismos de
participación democrática reposa en que los referendos están sujetos al control
del Consejo Nacional Electoral, CNE (artículo 293, numeral 5 de la Constitución),
mientras que las consultas populares sólo dependerán de la regulación de la
instancia que los convoque; además, las consultas populares no están sujetas a
las mismas formalidades rigurosas a las que están sometidos los referendos y
que son establecidas por el Poder Electoral.
En tal sentido, lo que está convocando
la AN es una consulta sobre materias en que el órgano parlamentario es
competente como instancia representativa de la voluntad del pueblo, de acuerdo
con los artículos 187, numeral 4 de la Constitución, y 127 del Reglamento
Interior y de Debates de la AN.
¿Quiénes pueden participar en la
consulta popular convocada por la AN?
Los venezolanos inscritos en el Registro
Electoral, presentando su cédula laminada, vencida o no. También podrán
participar los venezolanos domiciliados en el extranjero.
¿Hay que dirigirse a los centros de
votación establecidos por el CNE para participar en esta consulta?
No, porque a pesar de que sea un proceso
democrático está exento del control del CNE y, en consecuencia, no está sujeto
a las reglas y formalidades que impone el órgano comicial a los eventos que
administra, entre ellas, lo referente a los centros de votación.
Los electores, en tal sentido, podrán
votar en cualquiera de los llamados “puntos soberanos” que son los espacios físicos,
autorizados por la Comisión Especial para la organización de los aspectos
materiales del proceso nacional de decisión soberana, donde podrán expresar su
opinión en la consulta convocada por la AN para el próximo domingo 16 de julio.
Estos puntos funcionarán desde las 7 am. hasta las 4 pm., o mientras se
mantengan los electores en la cola.
¿El principio democrático del secreto
del voto está garantizado en la consulta popular?
Sí, ya que es una garantía que no puede
eludirse en las manifestaciones democráticas que ejerza el cuerpo electoral,
especialmente porque busca resguardar la privacidad e impedir el control sobre
las personas que participan en esta consulta. Es un proceso que está diseñado
conforme a lo previsto en el artículo 63 de la Constitución que impone el carácter
libre, universal, directo y secreto de las votaciones democráticas.
¿El resultado que se obtenga de esta consulta
popular es vinculante para la AN?
Sí, porque debe favorecerse al principio
democrático que es un valor superior consagrado en el artículo 2 de la
Constitución y al derecho fundamental de participación (artículo 62
constitucional). La AN debe respetar el principio de soberanía y el ejercicio
democrático de la voluntad popular que sea expresada a través de este mecanismo
de participación ciudadana.