Prensa.
SIP.
La Sociedad Interamericana de Prensa
(SIP) expresó su enérgico rechazo a la regulación del ejercicio del periodismo
tal como ocurre en Cuba, donde una periodista se encuentra bajo arresto
domiciliario y enfrenta junto a otro colega acusaciones por desempeñar la
profesión.
En Cuba, la periodista Sol García
Basulto, de la revista La Hora de Cuba de Camagüey y corresponsal en esa ciudad
del portal de noticias 14ymedio, se encuentra desde ayer en prisión
domiciliaria. La periodista fue citada el lunes (24 de julio) por la policía
local para informar "novedades" relacionadas a su acusación por
presunta "usurpación de la capacidad legal", impuesta en marzo pasado
por "hacer entrevistas en la vía pública y publicarlas en la
revista".
El agente a cargo de su caso le advirtió
que contratara un abogado y expresó -ante una pregunta de la periodista- que
Henry Constantín Ferreiro, director de La Hora de Cuba, sería notificado más
adelante sobre su proceso. Constantín Ferreiro, vicepresidente de la Comisión
de Libertad de Prensa e Información de la SIP para Cuba, fue acusado por el
mismo delito, penalizado en ese país con privación de libertad de entre tres
meses y un año, o una multa.
El presidente de la Comisión de Libertad
de Prensa e Información de la SIP, Roberto Rock, director de La Silla Rota de
México, expresó su solidaridad con los colegas cubanos quienes "siguen
padeciendo las nefastas consecuencias de lo que implica una sociedad regulada y
en el caso de García Basulto y Constantín Ferreiro se ven expuestos a la
posibilidad de encarcelamiento por ejercer su derecho a recopilar información y
difundirla a través de un medio de comunicación, un derecho humano amparado por
numerosos tratados internacionales".
Ante este incidente la SIP aprovechó
para insistir sobre su oposición al carácter obligatorio de la colegiación y al
requerimiento de título universitario para poder ejercer el periodismo. En ese
sentido reaccionó en contra de un reciente pronunciamiento del Colegio de
Periodistas de Honduras que insta a "regular el ejercicio profesional del
periodismo", demanda a las empresas periodísticas a que se "contrate
únicamente a periodistas con el correspondiente grado o título universitario"
y pide al Ministerio Público que se proceda legalmente por el "delito de
usurpación de funciones" contra quienes ejerzan sin título y sin estar
colegiados.
En 1985 y ante una solicitud de la SIP,
el gobierno de Costa Rica pidió a la Corte Interamericana una opinión
consultiva sobre la interpretación de los artículos 13 y 29 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos sobre la colegiación obligatoria de los
periodistas y la compatibilidad de legislaciones locales con esas
disposiciones. La Corte dictaminó "que la colegiación obligatoria de
periodistas, en cuanto impida el acceso de cualquier persona al uso pleno de
los medios de comunicación social como vehículo para expresarse o para
transmitir información, es incompatible con el artículo 13 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos".
Tras el fallo, Costa Rica declaró
inconstitucional la colegiación obligatoria y se fue creando una tendencia
desfavorable en la región donde varios países eliminaron esas leyes. La
Declaración de Chapultepec de la SIP en su octavo artículo apoya el carácter
"estrictamente voluntario" de la colegiación, mientras que la
Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos establece que "la colegiación obligatoria
o la exigencia de títulos para ejercer la actividad periodística, constituyen
una restricción ilegítima a la libertad de expresión".