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martes, 21 de noviembre de 2017

“Ley contra el odio” en Venezuela amenaza la libre expresión en América Latina.

Prensa. espaciopublico.ong
Las organizaciones abajo firmantes rechazamos la aprobación en Venezuela el pasado 8 de noviembre de la “Ley contra el odio, por la convivencia pacífica y la tolerancia”, ante las limitaciones que representa para el ejercicio de los derechos humanos, en especial en línea, y dado que constituye un grave antecedente para iniciativas similares que vulneran la libertad de expresión en otros países de América Latina.

A partir de una regulación imprecisa, que contempla penas de cárcel por delitos de opinión, el bloqueo de portales web, además de atribuir responsabilidad a intermediarios por la opinión de terceros, el mencionado instrumento restringe y penaliza la libertad de expresión y participación al incumplir los estándares mínimos que supone la potencial restricción de un derecho aun cuando se trate de un discurso de odio.

La ley prohíbe mensajes de intolerancia y odio pero no define bajo qué parámetros sitúa los mensajes en esta categoría, por lo que deja abierta la interpretación para el ente regulador, lo que puede degenerar en decisiones arbitrarias, además de establecer la censura previa. Ello vulnera el principio de legalidad penal según el cual la tipificación de un delito debe ser concreta, clara y previsible. La ambigüedad del texto de la ley pone en riesgo los discursos minoritarios, impopulares, disidentes o incómodos, discursos que no solo no constituyen mensajes de odio, sino que se encuentran especialmente protegidos por la libertad de expresión por cuanto son indispensables en el desarrollo de una sociedad democrática.

Se establece la responsabilidad de intermediarios al disponer que la difusión de mensajes de odio e intolerancia será causal de revocatoria de la concesión, sin definir una finalidad legítima. En el caso de medios digitales y redes sociales si el mensaje no es retirado en las siguientes seis horas, “la persona jurídica” será sancionada con multas y el bloqueo de portales. Estas medidas omiten la prueba tripartita de proporcionalidad, legalidad y necesidad de la norma jurídica, que fungen como garantías de rigurosidad a fin de afectar lo menos posible el derecho humano a la libertad de expresión. Se hace especial énfasis en las penas privativas de libertad de hasta 20 años ante la difusión de estos mensajes, una sanción desmesurada que evidencia el ánimo de silenciar voces críticas.

El instrumento legaliza represalias contra los que difundan los mensajes, personas jurídicas o prestadores de servicio, bajo criterios genéricos, sin matizar las diferencias y con ello las responsabilidades en caso de que existan. Además de revelar un desconocimiento de las dinámicas descentralizadas propias del ámbito digital, la interpretación de esta ley se podría traducir en restricciones arbitrarias y desproporcionadas.

Venezuela cuenta con importantes limitaciones para el ejercicio de la libertad de expresión. El servicio de Internet no supera en promedio los 2 Mbps de velocidad. El gobierno venezolano ha suspendido arbitrariamente la conexión para “evitar ataques informáticos” y bloqueado sitios web informativos por “promover la agitación”, en particular durante jornadas de protestas de calle. Desde 2014, catorce personas han sido detenidas por emitir opiniones o difundir información a través de las redes sociales.

En un contexto crítico a nivel social, económico y político, medidas de este tipo vulneran aún más las garantías de los venezolanos, además de constituir una acción regresiva que se inscribe en un patrón restrictivo adelantado en otros países de la región como Ecuador, Brasil y Paraguay.

Ninguna propuesta legislativa que pretenda regular redes sociales ha sido aprobada tanto por las excesivas restricciones para el ejercicio de derechos a la expresión, participación, asociación, y el costo político que ello representa, como por la necesidad de consolidar espacios cada vez más democráticos, donde los esfuerzos deben ser progresivos y no regresivos.

Una ley de esta índole, que contempla medidas desproporcionadas para castigar conductas definidas de manera imprecisa y dejando amplia capacidad de interpretación al criterio del operador de justicia, evidencia la intención de generar un efecto de enfriamiento de la libertad de expresión y de inhibir la crítica y la disidencia en espacios digitales. Tal como señaló Edison Lanza, relator para la libertad de expresión de la CIDH, con esta ley “se crean las condiciones para perseguir al enemigo interno y entrar a un Estado absolutamente totalitario”.

En este sentido, las organizaciones abajo firmantes, integrantes de la sociedad civil y académica de la región, fijamos nuestra posición en los siguientes términos:

Expresamos nuestro rechazo a la aprobación y entrada en vigencia de la llamada “Ley contra el odio, por la convivencia pacífica y la tolerancia” en Venezuela, por cuanto representa una grave amenaza a la libertad de expresión y al libre flujo de información en el país e incumple con los criterios de necesidad, legalidad y proporcionalidad indispensables para cualquier restricción a la libertad de expresión.
Manifestamos nuestra preocupación ante el creciente deterioro de la libertad de expresión en línea en Venezuela, e insistimos en que el libre flujo de opiniones e información en la red es vital al funcionamiento de internet como espacio para el ejercicio de derechos humanos fundamentales.

Exigimos la no aplicación y anulación de la “Ley contra el odio, por la convivencia pacífica y la tolerancia” en Venezuela, por ser contraria a los parámetros establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos en relación con las garantías a la libertad de expresión, el acceso a la información y el debido proceso.
Suscriben:

Acceso Libre – Venezuela

Access Now

Artículo 12 A.C. (SonTusDatos) – México

Asociación por los Derechos Civiles (ADC) – Argentina

Centro de Estudios Constitucionales y en Derechos Humanos de Rosario – Argentina

Derechos Digitales

Espacio Público – Venezuela

Instituto Panameño de Derecho y Nuevas Tecnologías (IPANDETEC) – Panamá

Instituto Prensa y Sociedad (Ipys) Venezuela

Public Knowledge

Usuarios Digitales – Ecuador

Venezuela Inteligente

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