Prensa. Aníbal
Sánchez.
Un
11 de Junio del 2013 fueron convocadas las Elecciones Municipales anteriores,
de acuerdo al artículo 42 de la Ley de Procesos Electorales se presentó el
Cronograma con los pasos que llevaría una elección para el 8 de Diciembre de
ese año. Ahora cinco (5) años después un 11 de Julio el Consejo Nacional
Electoral (CNE) anuncia elecciones de Concejales Municipales para el 9-D del
año 2018 “subsanando la omisión constitucional de acuerdo al artículo 175 y con
el 4 de la ley de regularización de los periodos” por lo que el Analista y Consultor Politico
Electoral Anibal Sánchez Ismayel adelanta su opinión en cuanto a los pasos y
tipos de procesos, previos a esta elección.
Que
dice la LEY “Para ser concejal se requeriría ser venezolano, mayor de veintiún
años y haber estado residenciado en el Municipio en los tres últimos año” según
Artículo 93 de la Ley Orgánica del Régimen Municipal esto podría cambiar si la Junta Nacional Electoral aprueba
un sistema parecido al de la ANC “Mixto” donde se consideran aspecto
Geopolítico, Demográfico, Condición Humana y el sector social; lo que significa
un sistema de Postulación y Adjudicación distinto a los estipulados en el
Articulo 94 de la misma ley donde fija sólo parámetros ‘proporcionales’
ejemplo: “con 15 mil habitantes elegías hasta 5 concejales; y con más de
seiscientos mil hasta 13 ” Hasta la fecha solo se maneja extraoficialmente que
“sistema automatizado de postulaciones de candidatos estaría habilitado del 10
al 19 de septiembre”.
En la opinión del especialista Sánchez, el
“voto sectorial” llevaría el proceso a ser del tipo corporativo que según
Artículo 125 Constitución solo se contemplaba en los concejos municipales “con
población indígena en su ámbito para escogencia de sus representantes”. - Si
priva la Disposición Transitoria Séptima; de la asamblea constituyente pudiera
ser la forma adaptada para el proceso electoral municipal del 9-D.
“Contradiciendo la Universalidad del Sufragio y el derecho de elegir o al ser
elegido plasmado en las declaraciones de los Derechos Humanos y la
constitución” estarían sumando condiciones de inelegibilidad a lo estipulado en
el 65 constitucional referente las inhabilitaciones de carácter político, o por
delitos en ejercicio de funciones, añadió.
Una
vez conocido de forma irregular (sin cronograma) que el Registro Electoral o su
corte sería uno obtenido ‘de corte 23 de Agosto’ quedaría concretar la fase de
Actualización considerando que según el Artículo 64 de la constitución a parte
de los electores venezolanos, tendrían derecho a la voto los extranjeros con
residencia legal por más de 10 años. Incluso conocido el anuncio de la
presidenta del ente electoral sobre un periódico de (presentación) de
Postulaciones entre el 19 y 24 de Septiembre.
Quedan aún vacíos sobre el proceso: Con dos tipos de circunscripciones
para la elección de Concejales Municipales: Una municipal (conforme a la
división político territorial) a los fines de las postulaciones de tipo Lista
Cerrada y adjudicación por cálculo de Representación Proporcional; y otra(s) Nominal(es), en un número que
dependerá de la cantidad de escaños a elegir de acuerdo a los sectores
sociales; o conservando la subdivisión de Parroquias, y adjudicación por mayoritaria simple.
Añade
Sánchez que al ser un cuerpo legislativo, debe haber un equilibrio de género,
se mantienen los topes de postulación no inferior al 40% ni máximo de 60% para
un mismo sexo; y si quieren darle preponderancia al sector juvenil tendrían que
ponderar el número de postulaciones desde el sector Estudiantil y Universitario
y - “la creación de un tipo de Padrón Electoral con sub registros, debe ser
criticado por su carácter violatorio a los criterios de Universalidad del
Sufragio contemplado en el artículo 63 de la constitución, y soportado en el 21
de la declaración de Derechos Humanos y 23 de la Convención Interamericana”-
En
paralelo a este evento electoral, 30 organizaciones con fines políticos (OFP)
en etapa de constitución o reinscripción, para participar en este evento, los
fines de semana del 19 y 25 estarían validando sus manifestaciones, de manera
que para el 6 de Septiembre sean certificadas, y poder postular candidatos.
La
conformación de las circunscripciones electorales, dependerá de unos índices
poblacionales, donde es necesario constar con unos censos sectoriales, “de lo
contrario deben ser por el INE de acuerdo a las estimaciones municipales o
parroquiales” se dividirá entre el número de cargos a elegir nominalmente (para
obtener un IP) luego de esto se haría la regla de los conjuntos Inter
parroquiales hasta obtener por sumatoria número de habitantes igual o múltiplo
del (IP).
Haciendo
un recuento Sánchez culminó su intervención, recordando en el 2013 para el 1 de
Julio se tenía el catastro de los Centros de Votación, y para el 12 de Julio se
llamó a la auditoria del Registro Electoral (preliminar), en la primera semana
de Agosto se estaban recibiendo las postulaciones de candidatos; y pel 25
cuando se dio a conocer un RE definitivo – “en esa oportunidad sin subdivisión
en sectores” -
Para
Elneser evento del 9-D del 2018, se tiene previsto es una Feria Electoral que
iría del 06 de Noviembre al 07 de Diciembre en esta oportunidad el Electores se
debe familiarizar con el sistema e instrumento de votación según su parroquia,
realizarían un simulacro nacional el 11 de Noviembre, antes del lapso formal de
campaña que va desde el 22 al 07 de Diciembre lo que significa solo Dos semanas
para llevar sus mensajes y oferta.