Prensa. Estimulo.com
La presidenta del Consejo Nacional
Electoral, Tibisay Lucena, anunció que las elecciones regionales quedan para
finales del primer semestre de 2017, mientras que las municipales, quedan para
el segundo semestre del año que viene. De igual forma, Lucena indicó que
también queda pendiente la realización de las elecciones primarias internas de
aquellas organizaciones políticas que deseen llevarla a cabo, y para este
apartado, el CNE dispondrá de dos días en el mes de febrero para que los
partidos soliciten la realización de esos sufragios.
Se dispuso que las primarias de partidos
se programaron para los meses de marzo y abril. Este es el primer anuncio
oficial del CNE sobre las elecciones de gobernadores cuyo periodo vence en
diciembre de este año. Es decir, que los mandatarios regionales tendrán una
especia de periodo de gracia de seis meses. Lucena también dijo que en el directorio
se discutió sobre el tema de la renovación de las nóminas de las toldas
políticas que no obtuvieron el uno por ciento en las elecciones legislativas de
2015. “En ese sentido el Consejo Nacional Electoral está a la espera de una
respuesta sobre una consulta que fue elevada al Tribunal Supremo de Justicia.
Tan pronto como esa consulta sea respondida, el CNE a la brevedad posible,
daremos reinicio a esta actividad”.
Recordó
que tenían 90 días para hacer esta renovación de sus nóminas y de las 65
organizaciones con fines políticos, 62 anunciaron que realizarán el proceso. La
presidenta del CNE, Tibisay Lucena, aseveró que con la aprobación de los puntos
traídos por la Junta Nacional Electoral con la aprobación del calendario,
“queda habilitada para presentar al CNE los cronogramas y tomar en cuenta las
recomendaciones que son necesarias para el cumplimiento del calendario
electoral, la junta comenzara a trabajar con estos cronogramas”.
Es
necesario recordar que no es la primera vez que el Consejo Nacional Electoral
toma la decisión de postergar comicios que están previstos dentro de la
Constitución. En 2013 se llevaron a cabo
las elecciones municipales, pero las mismas debían haberse ejecutado un año
antes.
Por
otra parte, los concejos municipales también sufrieron rezagos en la
realización de unos comicios para renovar a sus integrantes. En 2009 debían
haber ido a elecciones, pero no ocurrió. Un año después, es decir, en 2010, se
aprueba la Ley de Regularización de los Períodos Constitucionales y Legales de
los Poderes Públicos estadales y municipales, cuyo artículo 4 obliga a que las
elecciones municipales “incluyan a los alcaldes o alcaldesas y los concejales y
concejalas”.
En ese sentido, los concejos municipales
de todo el país tuvieron cuatro años de venia y fueron renovados en 2013. Otro
dato que hay que tener en cuenta es que la elección de las juntas parroquiales,
que debían hacerse junto a las de los concejos municipales, no se realizaron,
debido a que en 2010, se modificó la Ley Orgánica del Poder Público Municipal,
que desapareció las competencias de esa instancia municipal, como parte del
marco legal para preparar la entrada de las comunas. Recordemos que las
competencias y elegibilidad de las juntas parroquiales están contempladas en
los artículos 64 y 182 de la Constitución.