Consultor Aníbal Sánchez aclara proceso de legitimación de partidos frente a desinformación del CNE. - SenderosdeApure.Net

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sábado, 4 de marzo de 2017

Consultor Aníbal Sánchez aclara proceso de legitimación de partidos frente a desinformación del CNE.

Prensa. Consultor Aníbal Sánchez
A pocas horas de que se inicie el proceso de legitimación de los partidos políticos el Consejo Nacional Electoral (CNE) no ha entregado a los venezolanos información suficiente sobre los pasos del proceso y el papel del elector en la fase de recolección de manifestaciones que iniciaría a partir del próximo sábado 04 de marzo hasta el viernes 07 de mayo, así lo afirmó el consultor político y experto electoral, Aníbal Sánchez.

Señaló que “las rectoras del Consejo Nacional Electoral dejaron sin respuesta a los partidos políticos en lo que se refiere a su solicitud para mejorar las condiciones del proceso, que actualmente siguen siendo inviables dado el número escaso de máquinas en relación al número de manifestaciones de voluntades que se requiere. Y en la misma medida han hecho todo lo posible para que el venezolano no esté informado sobre el proceso”.

Frente a la poca información emitida por las rectoras del CNE, Sánchez afirmó que todo elector o militante debe conocer los siguientes puntos establecidos en la Ley de Partidos de 1965 (LPRMP):

1)       Que todo elector inscrito en registro electoral, hasta diciembre del 2015, podría manifestar en su estado la voluntad de pertenecer u apoyar a un partido (art.44 reg. LPRMP).
2)        Un elector “no podrá pertenecer a más de una organización” (Art.53 Reg) dando cumplimiento a la Sentencia del Tribunal que introduce el principio de 'No Doble Militancia'; en caso de un doble registro se tomará como acertado, el ultimo realizado (Art.12 Normas).

3)   El único requisito, que debe presentar el elector en cualquier punto de recolección de manifestaciones ubicado en plazas de municipios los días sábado o domingo de acuerdo al partido es la cédula laminada 'aún vencida' (art.7 normas).
4)    El elector debe constatar ubicación de los puntos en su estado, y el fin de semana que le corresponde a su partido de acuerdo a los 10 grupos, en: http://cne.gob.ve
5)      Posterior a la totalización preliminar de manifestaciones se fijarán (2) días para el reparo (Art.07 Normas) Donde se podrá completar el porcentaje requerido en una entidad.
6)        El CNE dispondrá de módulo WEB de consulta donde el elector podrá, chequear su afiliación a un Partido, e incluso realizar la impugnación de su registro (Art.14 Normas y 55 Reg. LPRMP).

Para finalizar, Sánchez explicó que según el Art.58 y 59 del Reglamento LPRMP una vez corroborado que la organización política, cumplió con los requisitos principales de tener el número mínimo de afiliaciones (0,5% del RE en al menos 12 entidades) publicara en Gaceta Electoral su reinscripción, en el caso contrario declarara la cancelación del Partido, quedándole solo ejercer recursos contenciosos en la Sala Electoral. “Y que quede claro este proceso administrativo no interfiere con la convocatoria a elecciones regionales, no pueden usar como excusa cualquier recurso interpuesto por algún partido para retrasar una vez más las elecciones que según la Constitución se debieron llevar a cabo el año pasado”.

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