En un discurso de 2008, Hugo Chávez
insistía en que “para cambiarle una coma, un punto, una letra a la
Constitución” el único facultado era el “pueblo venezolano en referéndum
nacional”, contrario a la sentencia emanada este miércoles por el TSJ, que
establece que, aunque el pueblo es el “depositario del poder constituyente
originario”, la iniciativa para convocar la Asamblea Nacional Constituyente
reside en los poderes públicos.
“Hoy (…) nuestra Constitución, una de
las mejores del mundo, está blindada de cualquier capricho personal, de un
grupo o de una secta (…) Hoy en Venezuela para cambiarle una coma, un punto,
una letra a nuestra Constitución Bolivariana, nadie puede hacerlo, el único que
puede hacerlo es el pueblo venezolano en referéndum nacional“, se oye decir a
Chávez en un video que corre por las redes sociales y grupos de Whatsapp. Fue
en un acto militar el 9 de diciembre de 2008, dos meses antes del referéndum
constitucional llevado a cabo el 15 de febrero de 2009, cuando –con el 54,86%
de los votos a favor– el pueblo decidió enmendar los artículos 160, 162, 174,
192 y 230 de la Constitución de 1999.
Ahora, ocho años después y tras la
muerte del “líder de la revolución bolivariana”, la Sala Constitucional del
Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) responde a una solicitud de interpretación
de la Constitución y decide que corresponde a los órganos del poder público
convocar la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), pues “ejercen indirectamente
y por vía de representación la soberanía popular”.
La sentencia Nº 378 de esta sala del
Supremo establece que, aunque el pueblo es el “depositario del poder
constituyente originario”, la iniciativa para convocar la ANC reside en el
Presidente de la República en Consejo de Ministros, en la Asamblea Nacional,
mediante acuerdo de las dos terceras partes, y en los concejos municipales en
cabildo, también con aprobación de las dos terceras partes.
El Tribunal considera que “no es
necesario ni constitucionalmente obligatorio” un referéndum consultivo previo
para convocar una Constituyente. El TSJ cita la consulta que hizo Chávez en el
año 1999 para que el pueblo expresase su deseo de modificar la Constitución,
pero asegura que en ese caso el referéndum fue necesario pues la Carta Magna de
1961 no hacía mención a esta modalidad de revisión constitucional. “La
situación constitucional actual es totalmente diferente”, señala el documento.
“Vean ustedes cómo manipulan”, afirmaba
Chávez en octubre de 2002, “el referéndum popular de 1999 se basó en el
artículo 4 de aquella Constitución moribunda que decía ‘la soberanía reside en
el pueblo, quien la ejerce mediante el sufragio por los órganos del Poder
Público’ y en la Ley Electoral vigente que decía, bueno, que podrá consultarse
a referéndum al pueblo para asuntos de trascendencia”.
En contraste con los argumentos del
Supremo, Chávez hacía énfasis en que “ahora en esta Constitución (la del 99)
está aquí contenido, en el texto constitucional, el referéndum, y además varios
tipos de referendo”.
En 2009, al celebrar 10 años de la
instalación de la ANC de 1999, Chávez recordaba que el referendo constituyente
había sido pieza clave de su campaña en 1998 y dejaba claro que iniciativa y
convocatoria eran dos cosas distintas: “Lo repetí y lo repetí por mil caminos,
aquella campaña electoral de 1998. Y aquí lo repetí el 2 de febrero, cuando
convoqué al pueblo, a través de un referendo. Iniciando con ello la
convocatoria, la fase de convocatoria a la Asamblea Constituyente”.