Prensa. Diario El Nacional.
La verificación ciudadana fase II sólo cotejará comprobantes de votación
contra las actas de escrutinio. Díaz votó en contra de la decisión
CELINA CARQUEZ
/ YAMIS URBANO VALENCIA
El rector del Consejo Nacional Electoral, Vicente Díaz, informó que el
directorio del ente comicial aprobó el protocolo técnico de la verificación
ciudadana fase II (46% de mesas no revisadas) y que él votó en contra del plan
técnico, pues no incluye la revisión de los cuadernos de votación. “Entiendo y comparto la exigencia del ex candidato Henrique Capriles de hacer
una revisión exhaustiva de los cuadernos de votación, y que se haga un proceso
de auditoría de la no duplicidad de huellas, para saber si un elector votó más
de una vez. Esto permite saber si repitieron su voto porque son estafadores con
más de una cédula o si alguien votó por algún fallecido que no han sacado del
CNE”, dijo.
También se mostró satisfecho por la decisión de Capriles de impugnar formalmente
los resultados que anunció el organismo, “porque eso es darle espacio y cabida
a lo que está planteado en la Constitución”. Apuntó que en cualquier país del mundo, ante unos resultados tan estrechos, es
natural que el candidato perdedor solicite una revisión de las cifras. “Pasó en
México, en Estados Unidos, es algo normal. Es lo que llamamos coloquialmente el
derecho a pataleo”.
Insistió en que propuso la incorporación de los cuadernos, porque contribuirá a
generar confianza en los resultados a los actores políticos y a la ciudadanía. Reiteró que hubo irregularidades durante el proceso comicial y que la campaña
fue antidemocrática e injusta, pues se trató de Capriles contra el Estado. Recalcó que el gobernador de Miranda está en su legítimo derecho de impugnar
las elecciones y no debe ser criminalizado por hacer valer lo establecido en la
Constitución. “Rechazo cualquier intento de criminalización del ex candidato
por ejercer su derecho”.
Reiteró que apenas el CNE anunció el resultado propuso ampliar la auditoría
ciudadana a 100%, para darles tranquilidad al país y a los seguidores del ex
candidato Henrique Capriles Radonski. Después, el jueves 18, la sesión del
organismo votó por unanimidad realizar la auditoría. Recordó que tras las presidenciales de 2006 el ex candidato Manuel Rosales
terminó asilado en Perú, y que ahora al jefe del CSB y gobernador de Lara,
Henri Falcón, le abrieron una averiguación en su contra.
Vías legales para solicitar nulidad
Hay varias vías establecidas en la Ley Orgánica de Procesos Electorales
para impugnar o cuestionar los resultados electorales que anuncia el Poder
Electoral. Uno de ellos es ejercer un recurso electoral ante el Tribunal Supremo de
Justicia. La Ley Orgánica de Procesos Electorales establece en su artículo 213
un lapso para la impugnación de los resultados ante la Sala Electoral del
TSJ. “El plazo máximo para interponer el Recurso Contencioso Electoral
contra los actos, omisiones o actuaciones del Consejo Nacional Electoral será
de quince días hábiles, contados a partir de la realización del acto
electoral”.
En el artículo 214 de la ley se señala que el recurso se regirá por las
disposiciones de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. Otra vía es solicitar la nulidad del proceso. El artículo 215 de la Ley
Electoral establece que una elección será nula “cuando se realice sin previa
convocatoria del Consejo Nacional Electoral; cuando hubiere mediado fraude,
cohecho, soborno o violencia en la formación del Registro Electoral, en las
votaciones o en los escrutinios, y dichos vicios afecten el resultado de la
elección de que se trate o cuando el Consejo Nacional Electoral o el órgano
judicial electoral correspondiente determine que en la elección realizada no se
ha preservado o se hace imposible determinar la voluntad general de los
electores y las electoras”.
El Comando Simón Bolívar puede impugnar ante el TSJ los resultados de
determinadas mesas en las que se presuman que hubo irregularidades, y, si procede,
se repiten las elecciones en esas mesas. También tienen derecho de impugnar
todo el proceso de votación, y, si se gana el juicio, se repetirían las
elecciones.