A
menos de dos semanas de vencer su plazo para declarar el Impuesto Sobre la
Renta (ISLR), conozca estos consejos para cumplir con este tributo
Prensa.
Emen.-
El
plazo para declarar el Impuesto Sobre La Renta de las personas naturales culmina el 31 de marzo. A propósito de este
tributo, conozca diez puntos clave para cumplir con la declaración, ofrecido
por Carlos Adrianza, socio líder de Impuesto, de la Firma de contadores
públicos KPMG en Venezuela (Rodríguez Velázquez & Asociados).
1.Deben
declarar aquellas personas naturales que obtienen un enriquecimiento neto anual
superior a las mil unidades tributarias (1.000 U.T.) o ingresos brutos de mil
quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.), en el caso de las personas que no
trabajan bajo relación de dependencia.
2.En
el caso de las personas naturales cuyas rentas sean producto del salario, cabe
recordar que la Sala Constitucional del Máximo Tribunal estableció que el
Impuesto sobre la Renta sólo debe gravar las remuneraciones otorgadas en forma
regular y permanente, que constituyen el denominado salario normal, excluyendo
los beneficios remunerativos marginales otorgados en forma accidental,
interpretación aplicable para el ejercicio 2014.
3.El
valor de la unidad tributaria que debe tomarse en cuenta al momento de realizar
la declaración es de 127 bolívares. El reciente aumento no entra en vigencia
para este período.
4.La
ley permite hacer algunas deducciones a la renta del contribuyente, lo cual se
conoce como desgravámenes. En este caso las personas tienen dos opciones: optar
por un desgravamen único equivalente a 774 U.T. o aplicar un desgravamen
detallado, donde el contribuyente debe soportar los pagos de ciertas
necesidades básicas.
5.El
desgravamen detallado sólo contempla:
-El
pago de institutos docentes, por la educación del contribuyente o descendientes
menores de 25 años.
-El
pago de seguro de hospitalización, cirugía y maternidad.
-El
pago de servicios médicos y odontológicos.
-Lo
pagado por cuotas de intereses en casos de préstamos para la adquisición de
vivienda principal hasta mil unidades tributarias (1.000 U.T.).
-Pagos
por concepto de alquiler de vivienda hasta ochocientas unidades tributarias
(800 U.T.).
6.Las
personas naturales gozan de una rebaja de impuesto equivalente de diez unidades
tributarias (10 U.T.). La misma cantidad será rebajada por el cónyuge no
separado de bienes y que no haya optado por declarar por separado, por cada
ascendiente y descendiente directo que resida en el país y sea menor de edad, a
menos que esté estudiando y sea menor a veinte y cinco (25) años o esté
incapacitado.
7.La
declaración se realiza por Internet a través del portal oficial del SENIAT:
www.seniat.gob.ve. Una vez inscrito en la página, el portal le dará acceso a
una planilla donde podrá completar la declaración. Si ya está inscrito en el
portal, le pedirá previamente confirmar el correo electrónico que servirá ahora
de domicilio fiscal electrónico para notificaciones y comunicaciones.
8.En
caso de que la declaración arroje impuesto por pagar, el mismo puede se puede
financiar en tres porciones iguales, la primera se paga antes del vencimiento
del lapso para declarar, la segunda a los 20 días y la última a los 40 días
continuos.
9.El
pago del impuesto se puede hacer por Internet o en una Oficina Receptora de
Fondos Nacionales, imprimiendo las planillas generadas por el sistema.
10.La
no presentación de la declaración de rentas, es sancionado con una multa
equivalente a 150 unidades tributarias (150 U.T.). La presentación tardía se
multa con cien unidades tributarias (100 U.T.), sin perjuicio de los intereses
moratorios aplicables por el pago extemporáneo.