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viernes, 10 de junio de 2016

Espacio Público rechaza censura previa ordenada por el TSJ sobre linchamientos

Prensa. Espacio  Público.
El 8 de Junio de 2016 la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró procedente la medida cautelar innominada solicitada por el abogado Juan Ernesto Garantón Hernández contra los medios digitales La Patilla y Caraota Digital por difundir de manera “indiscriminada” videos de linchamiento. La prohibición de difusión es extensiva a “todos los medios de comunicación nacionales con capacidad de transmitir este tipo de videos”, lo que convierte esta decisión en una medida de censura previa.

El demandante argumenta que la “transmisión constante y reiterada” de videos de linchamiento, expone a cualquier persona considerada delincuente a que sea linchada incluso siendo inocente, además de que causa el efecto en la sociedad de ver los actos de linchamiento como correctos y aceptables y fomentar dicha conducta. Señala que la difusión de dichos videos pone en peligro la vida de todos los habitantes del país, inclusive su propia vida. Afirma que no se justifica darle publicidad a homicidios colectivos y que su constante difusión hace que la noticia se desnaturalice, al causar inestabilidad y condicionar a la sociedad a cometer delitos.

La demanda incluye la solicitud de una medida cautelar innominada, ante el temor de Garantón de ser víctima de un linchamiento y por ello requirió que se prohíba a los medios digitales La Patilla y Caraota  Digital la divulgación de videos con contenido de linchamientos.

La Sala Constitucional declaró procedente la solicitud y la extendió la censura a todos los medios de comunicación nacionales y para todo tipo de videos que contengan imágenes de intentos de linchamiento.

La magistrada Suárez Anderson argumentó que el enfoque de los medios sobre los linchamientos promueve su legitimación en la sociedad, al calificarlos como “justicia popular”, e incentivar la adopción de conductas delictivas. Según la Sala, esto se explica por un efecto psicológico llamado “priming” o primado. Así indican que la difusión de videos de linchamiento podría hacer que la población vea como lícita la justicia por manos de la propia ciudadanía.

La Constitución Nacional, en su artículo 58,  prohíbe la censura previa, pero el TSJ en varias oportunidades prohibió a los medios difundir determinados contenidos. En el año 2007 le ordenó a los diarios “El Luchador” y “El Progreso” de Bolívar que no publicaran fotografías de crímenes, por el bienestar de los niños y adolescentes; y en 2014 le prohibió a los diarios publicar clasificados con contenido sexual, por ser denigrantes para las mujeres.

La medida cautelar constituye una medida de censura previa que afecta la necesaria difusión de hechos de interés público. La crítica y condena de tales situaciones no puede ser excusa para su omisión mediática, por el contrario es requisito indispensable para exponer los problemas, generar debate  y discutir las soluciones. 

La prohibición también resulta un mecanismo ineficaz para evitar la difusión de videos de linchamientos, ante el carácter inmediato y ampliamente extendido de las redes sociales como recurso comunicativo, por lo que tal restricción no es garantía de no difusión.

Operan a Borges tras fractura de nariz.
Prensa.  @elestimulo
El diputado Julio Borges, jefe de la fracción parlamentaria de la Unidad, fue operado la tarde de este jueves, luego de que durante la mañana personas identificadas con el oficialismo le fracturaran la nariz frente a la sede del Consejo Nacional Electoral (CNE) en el centro de Caracas.

El diputado José Manuel Olivares informó a El Estímulo que Borges se encuentra en recuperación y añadió que Francisco León, periodista que pertenece a su equipo de prensa, quien también fue agredido, tiene un edema cerebral leve, así como el tabique de la nariz fracturado.

Diputados de la oposición y periodistas resultaron heridos y lesionados por cuerpos de seguridad y un grupo identificado con el chavismo. Los parlamentarios intentaron infructuosamente el ingreso a la sede del Poder Electoral para exigir al CNE que ofreciera los puntos de validación de las firmas recolectadas para iniciar el referendo revocatorio.

Casi 40 días después de que la MUD presentó al CNE 1,8 millones de firmas para activar el proceso, la coalición opositora espera completar el primer paso del engorroso proceso de referendo, que busca con urgencia para este mismo año. La Unidad cuenta con seis veces más que las 200.000 rúbricas requeridas por norma (1% del padrón electoral) para activar la consulta.

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