Prensa.
Senderos de Apure.net. Eduardo Galindo Peña.
El
comando intersindical apureño compuesto por 7 organizaciones sindicales
educativas este viernes 5 de abril del año 2013, introdujeron el proyecto de convección
del contrato colectivo ante la inspectora del trabajo María Carolina Herrera
quien recibió a los gremialistas en su oficina y mencionó Herrera que si este
proyecto de contrato colectivo cumple con los requisitos de ley. Será tramitado
para que cumpla con los procedimientos de rigor.
Por
su parte, el Presidente de este comando intersidical apureño y del Suma-Apure,
Martin Paredes, dijo que este proyecto está respaldado por más de 2mil maestros
que firmaron y los sindicatos que acompañan unos como observadores y otros
firmantes de este proyecto de contrato colectivo ante la inspectoria del
trabajo apureña son; Suma, Sinvema,
Sindite, Sile, Sitraenseñanza, Colegio
de Profesores de Venezuela-Seccional Apure y Sutepps.
Paredes,
también manifestó que llevan 13 años sin la firma de una contratación colectiva
de los docentes dependientes de la gobernación apureña y le pidió el patrono que
se siente a discutir estas cláusulas contractuales que beneficiarán a los
maestros regionales que no gozan de un sueldo digno y se les adeuda una serie
de reivindicaciones salariales.
Además
aprovecho, Martin Paredes, para exhortar al Gobernador de Apure, Ramón
Carrizalez, que para este domingo 07 de abril el presidente encargado Nicolás
Maduro estará presente en San Fernando y de esa forma hable con Maduro y le
ayude a conseguir el presupuesto para la aprobación de este contrato colectivo
y sino tratarán de hacérselos llegar en su visita a la capital apureña los
docentes al Presidente encargado. Enfatizó Paredes.
Mientras,
el presidente del Sutepps-Apure, Boffil Torres, destacó, “el patrono esta en
mora con los maestros estadales. Razón por la cual, esa gran deuda que tiene la
gobernación debe ser saldada cuando el patrono ordene la inmediata discusión y
en este caso es la octava convección colectiva de los trabajadores. Por lo que,
al patrono no le queda otra que una vez que se introduzca esta proyecto de
contratación colectiva presentar en el lapso que se establece la ley orgánica
del trabajo el cuadro comparativo”.