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viernes, 28 de junio de 2013

Indepabis-Apure desplegado con gobierno de calle

Indepabis informa a los comerciantes según lo establecido en el artículo 45 de la Ley de Indepabis que la impresión o marcaje se efectuara mediante estampas debidamente adheridas al bien por troquelado, sellado o tinta indeleble y de fácil lectura. No se permitirá el marcaje por medio de calcomanías u otros medios de impresión adheridos al producto bien.
Prensa. Indepabis-Apure.
El instituto para la defensa de la personas en el acceso a los bienes y servicios INDEPABIS-APURE desplegó a los funcionarios por todo el territorio apureño con la finalidad de dar cumplimiento a las órdenes emanadas por Presidente de la República, Nicolás Maduro y  al  Presidente del Instituto para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (Indepabis), Eduardo Samán, donde fueron impartidos lineamientos que deben cumplirse para derrotar la especulación y el acaparamiento.

La información la dio a conocer el coordinador regional de Indepabis-Apure, Luis Sánchez, quien manifestó que esta semana  fue desplegado un grupo de funcionarios en el territorio apureño con la finalidad de informar a los establecimientos comerciales conforme al artículo 6 de la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios la cual reza lo siguiente “A los efectos de la presente Ley, los importadores, deberán indicar en el manifiesto de importación, el origen de las divisas obtenidas. Todas las personas naturales y jurídicas que posean establecimientos que comercialicen bienes y servicios que se hayan adquirido con divisas autorizadas por la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI), deberán exhibir en su respectivo establecimiento, un anuncio visible al público indicando cuales de los bienes y servicios ofertados en ese comercio, fueron adquiridos con divisas autorizadas por CADIVI. Queda encargado del cumplimiento de esta disposición el Instituto Nacional para la Defensa de las Personas del Acceso a los Bienes y Servicios (INDEPABIS), y podrá auxiliarse de la Contraloría Social de los consejos comunales u otras organizaciones sociales a tales efectos. El incumplimiento de estos deberes a arreará multa de quinientas unidades tributarias (500 UT). En caso de reincidencia, la multa será de mil unidades tributarias (1.000 UT).”,

Acotó, Sánchez, a todos los comerciantes que en días posteriores a las inspecciones de orientación serán visitados para verificar el cumplimiento de la misma y en los que se verifique el incumplimiento serán sancionados de acuerdo a los establecidos en la Ley. Por lo que,  Sánchez destacó “todo esto con el objetivo de  frenar la especulación y la usura genérica a lo que algunos dueños de negocios se han dedicado”.

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