Prensa.
Senderos de Apure.net.
Vía:
Movimiento Ley 56.
Se crea el Distrito del Alto Apure para
establecer un régimen especial para los Municipios José Antonio Páez y Rómulo
Gallegos del Estado Apure y para fortalecer la frontera, ya que los habitantes
que convivimos en esta zona estamos “HACIENDO PATRIA”, conforme a lo
establecido en el numeral 3 de la
Disposición Transitoria en la parte Tercera de la Constitución, y la Ley
56 que fue creada en Noviembre del año 2001, y publicada en GACETA OFICIAL Nº
37.326 con la finalidad de que sus respectivos intereses, en el marco
protagónico de la participación ciudadana y comunitaria; y regular el
ordenamiento de su régimen de gobierno, organización, funcionamiento
administración, competencias y recursos.
Este Movimiento Social, no depende de
ningún partido político, no depende de ningún ente gubernamental, somos un
pueblo organizado que solo exige un presupuesto ajustado a las necesitadas del
Distrito y al ejecútese de:
• Capítulo IV de la coordinación con la
Administración Nacional Articulo 33, donde establece la instalación de las
Unidades Administrativas de los diferentes Ministerios del Poder Popular en el
territorio del Distrito Alto Apure, aspectos determinantes para impulsar el
desarrollo, seguridad, progreso y bienestar de nuestros pueblos fronterizos.
• Título IV de la Hacienda Pública
Distrital.
• Título V de la cooperación y
coordinación administrativas.
EN
NUESTRO DISTRITO ALTO APURE SE DEBE EJECUTAR:
• Ruta de los Libertadores
• Cría y explotación de ovino
• Empresas de peces de agua dulce
• Planta procesadora de algodón
• Cría y explotación de baba
• Cría y explotación de ganado de ceba
• Empaquetadora de granos
• Cría y explotación de pollo de engorde
• Planta procesadora de harina de yuca
• Explotación de ganado bufalino
• Planta procesadora de hilado de
algodón
• Planta despulpadora de frutas
• Procesadora de alimentos y concentrado
• Instalación de un aserradero
industrial
• Empresa de transporte fluvial
• Empresa de servicio de almacenaje
• Empresa de servicio de mantenimiento
de gabarras
• Instalación de paraderos turísticos
• Instalación de un campamento turístico
• Explotación de cultivo de arroz
• Explotación de cultivos de algodón
Aquí tenemos profesionales con
suficiente capacidad y experiencia en cada ramo y con un conocimiento total del
medio en donde se va a ejecutar cada uno de los renglones específicos. Como es
de notar, estas son planificaciones perfectas y ofrecimientos que conllevan a
los idealistas a una gran esperanza que pueden remontar a todas las personas a
pensar, que aún hay seres en este Distrito, que creen en utopías; sinceramente
debemos ser optimistas que nos unamos todos bajo un mismo sentir y mismo pensar
para exigir que se cumpla la LEY 56 que nos favorece colosalmente a las
comunidades.
Se planifica el desarrollo del Distrito
en sus diferentes actividades o ramas económicas como lo son: Objetivos,
Inversión Estimada, Inversión Total, Funcionamiento, Mano de Obra, Mercado,
Tecnología, Capacidad de Producción, Productos y sub-productos; proceso
productivo, materia prima, insumos. LOCALIZACION, justificación del Proyecto,
Indicadores Económicos Financieros, Descripción y Tasa Interna de Retorno.
La creación de la figura del Distrito
Alto Apure nos da la POTESTAD de manejar nuestro propio destino integrado a una
visión de Desarrollo Nacional, pero debe ser con la participación directa de
todo el pueblo Alto apureño, quienes somos los actores principales para que el
Distrito se desarrolle totalmente y asi sacar nuestro Estado Apure adelante.
¡TODOS UNIDOS POR EL DESARROLLO INTEGRAL
DEL DISTRITO ALTO APURE!
Por: El
Movimiento Social Misión Ley 56
Licdo. JOSE CONTRERAS
MIRIAN BORJAS
C.I.Nº V- 14602085
C.I. Nº V-8.187.249
Teléfonos:
04266712925 – 0416-1764346