Fedecámaras
afirmó hoy que la resolución gubernamental que establece un régimen laboral
transitorio, emitida recientemente por el Ejecutivo, pretende “confiscar” el
personal de las empresas privadas del país para levantar la producción de
alimentos.
Prensa. EFE.
“¿Cómo
pretende el gobierno nacional dar fiel cumplimiento a ese decreto (…) de
confiscación de la mano de obra especializada?”, dijo el presidente de
Fedecámaras, Francisco Martínez, en una entrevista con la emisora privada Unión
Radio.
En
la resolución, publicada en la Gaceta Oficial del viernes pasado, se indica que
la norma surge en el marco del decreto presidencial de emergencia económica que
emitió el presidente Nicolás Maduro a principios de año y procura hacer frente
a la severa crisis de escasez y desabastecimiento de alimentos en el país.
Se
establece en esta resolución que las empresas públicas y privadas están
“obligadas” a “proporcionar los trabajadores requeridos” por el Estado “a
objeto de aumentar la productividad de la entidad de trabajo” solicitante.
El
portavoz de la organización gremial señaló que Fedecámaras acudirá a instancias
internacionales para denunciar lo que consideran una “violación a la libertad
de los trabajadores”, una “esclavitud con remuneración” pues se impide a los
empleados elegir dónde y con quién trabajar.
Martínez
dijo que los empresarios se encuentran en una “fase de análisis” de la
resolución y que por el momento han visto que se trata de “un incumplimiento
más a los convenios con la Organización Internacional del Trabajo”.
“Ese
decreto tiene que afectar la producción de bienes y servicios porque, si yo
tengo una unidad productiva activa y me quitas mi personal para ir a trabajar
en una unidad improductiva en manos del gobierno (…), no vas a lograr los
objetivos”, señaló.
A
juicio del presidente de Fedecámaras, “la consecuencia final” de esta
resolución “es que el desabastecimiento va a seguir creciendo” y se “seguirá
minimizando la posibilidad de producción de bienes y servicios de lo hecho en
Venezuela”.
En
la resolución se indica, además, que los trabajadores que sean requeridos para
reimpulsar el sector agroalimentario se mantendrán en la nómina de la empresa
originaria de la cual fueron extraídos bajo la figura de inamovilidad laboral y
deberán ser reincorporados a su trabajo cuando terminen ese servicio temporal.
Se
indica que la empresa “originaria” no pagará los servicios del trabajador
extraído mientras se encuentre en labores para el Estado, que será quien
asumirá el pago, aunque no se especifica si cobrará el mismo monto que recibía
en su trabajo principal.
Si
el trabajador requerido “resultare discapacitado” durante ese tiempo fuera del
ambiente de trabajo del que fue extraído deberá ser reincorporado igualmente aunque
“reubicado” en un puesto de trabajo “adecuado a la nueva situación”. Asimismo,
se señala que los trabajadores requeridos prestarán el servicio temporal por un
lapso de 60 días prorrogables por el mismo tiempo “si las circunstancias lo
ameritan”.