Siete
periodistas pertenecientes a: Al Jazeera (5), Radio Caracol Radio (1), Le Monde
(1) y NPR (1), fueron deportados del país cuando llegaban a realizar la cobertura de la movilización
convocada por la Mesa de la Unidad Democrática (MUD) y otros sectores de
oposición, para el 1 de septiembre.
Prensa. Espacio
Público.
Los
periodistas deportados aseguraron que para la entrada al país, las autoridades
migratorias solicitaron una acreditación que debe ser suministrada por el
Ministerio de Comunicación e Información (Minci). Sin este requisito, no se les
permite la entrada y se procede a la deportación, lo cual representa una medida
restrictiva que está asociada a la poca claridad de las normas de acreditación
para la prensa internacional.
Cuando
un equipo de prensa internacional se dispone a realizar un trabajo periodístico
en Venezuela, no existe un mecanismo de acreditación transparente que impida la
arbitrariedad. Existen un conjunto de requisitos que cuando los periodistas o
sus medios los completan, no reciben respuesta por parte del Minci; en otros
casos se les incluye una solicitud de visa que deben tramitar en el Consulado
venezolano en el país de origen, donde tampoco obtienen respuesta.
Entre
los procesos arbitrarios para el impedimento del trabajo periodístico de los
enviados internacionales al país también está la exigencia de la
nacionalización de sus equipos. Es preciso señalar que este proceso no es
necesario porque son equipos que están en uso y que saldrán del país al terminar
la cobertura.
El
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece en su artículo 13
que el extranjero que se halle legalmente en el territorio de un Estado parte
sólo podrá ser expulsado del país en cumplimiento de una decisión adoptada
conforme a la ley y, a menos que razones imperiosas de seguridad nacional se
opongan a ello, se permitirá a tal extranjero exponer las razones que lo
asistan en contra de su expulsión, así como someter su caso a revisión ante la
autoridad competente.
El
Comité de Derechos Humanos de la ONU, en observaciones realizadas a la
República Popular Democrática de Corea (Corea del Norte), ha establecido el
“derecho de los periodistas extranjeros y delegaciones de organizaciones de
derechos humanos radicados en el exterior a obtener acceso al territorio
nacional del Estado”. Las observaciones del Comité fueron las siguientes: El
Estado Parte debería conceder acceso a su territorio a las organizaciones
internacionales de derechos humanos y a otros órganos internacionales de forma
ordinaria, cuando lo soliciten, y garantizar el acceso a la información
indispensable sobre la promoción y protección de los derechos humanos.
La
expulsión de los periodistas del país constituye una restricción de la libertad
de expresión, basados en actuaciones arbitrarias y/o discrecionales para
impedir la posibilidad de informar y ser informado. Según el registro de
Espacio Público, en el marco de las coberturas de actividades asociadas a la
denominada “Toma de Caracas”, se registraron seis violaciones a la libertad de
expresión.
Con
base a estos estándares del derecho internacional, Espacio Público rechaza la
expulsión de estos periodistas y exigimos:
Que
se den garantías suficientes para la cobertura y el trabajo informativo de los
periodistas nacionales e internacionales antes, durante y después de las
movilizaciones del 1 de septiembre. Que se permita el acceso de los periodistas
para informar sobre las movilizaciones y manifestaciones que ocurran en el
país.