La
Gerencia General de Tributos, en convenio con la entidad bancaria Bancaribe,
instaló 21 puntos electrónicos de pago en las unidades estadales de
administración tributaria distribuidas en todo el territorio nacional
Prensa.
Inces sede.
Con el objetivo de simplificar los
procesos administrativos, se instalaron puntos electrónicos de pago,
facilitando el pago de las obligaciones tributarias y sanciones especificadas
en la Ley, sin la necesidad de asistir a las entidades financieras, ahorrando
tiempo y brindando seguridad a los contribuyentes.
Cumpliendo con lo establecido en el
artículo 49, 50 y 52 de la Ley del Inces, todas las entidades de trabajo, que
den ocupación a 5 o más trabajadores, están en la obligación de aportar al
Inces el 2% del salario normal mensual pagado a los trabajadores. El
incumplimiento de este aporte acarreará como consecuencia una multa emitida por
el departamento de tributos de la institución.
Otros avances en la simplificación de
trámites tributarios
Desde el inicio del segundo trimestre
fiscal se disminuyó la cantidad de recaudos para la solicitud de solvencia por
primera vez y renovación. Los requisitos para la solicitud de la solvencia por
primera vez son: dos (2) Planillas de Solicitud de Solvencia vigente que pueden
ser descargadas en la página Web del Inces y el certificado del Programa
Nacional de Aprendizaje (PNA) (para aquellas entidades de trabajo con 15 o más
trabajadores).
Así mismo presentar el original para
verificación visual de los siguientes documentos: copia del Registro de
Información Fiscal (RIF), últimos 6 años del Libro Diario actualizado,
planillas del ISLR de los últimos 6 años y últimos 10 años de las planillas
bancarias de aportes cancelados del 2%, 1/2% e Intereses moratorios.
Solo se consignará la planilla de
solicitud de solvencia fiscal, la autorización del representante legal en caso
de asignar a alguna persona para realizar el trámite, y los últimos 10 años de
las planillas bancarias de aportes.
Para la renovación de la Solvencia Inces
se deben presentar dos (2) Planillas de Solicitud de Solvencia vigente (Página
Web del INCES), último certificado de solvencia otorgado (verificación visual),
certificado Programa Nacional de Aprendizaje (P.N.A.). Entidades de trabajo
públicas y privadas con quince (15) o más trabajadores (Obligatorio),
autorización con fecha vigente y firmada por el Representante Legal de la
empresa con sello húmedo y membrete de la empresa o poder notariado original y
copia de la cédula de identidad, libro diario actualizado, planilla I.S.L.R, último cierre del ejercicio
fiscal y la planilla bancaria de aporte cancelado del último trimestre vencido.