Prensa. Centro Internacional DDHH
Justicia y Libertad.
El
Director del Centro Internacional de Derechos Humanos Justicia y Libertad,
Capitulo Venezuela Miguel Méndez Fabbiani, señaló que se debe proceder al
enjuiciamiento inmediato en la Corte Penal Internacional a la Alta Cúpula
Militar del régimen dictatorial y usurpador de Nicolás Maduro, si en efecto se
concreta el bloqueo o impedimento de la ayuda humanitaria multinacional que
necesitan con carácter de urgencia millones de venezolanos:
“De
emitirse una orden superior que impida, bloquee y obstaculice el necesario
acceso de la ayuda humanitaria al territorio nacional. Esta orden de llegar a
impartirse será irrita, ilegal, inconstitucional y contraria a todo el
ordenamiento jurídico nacional e internacional que ampara el derecho humano a
alimentarse y curarse que posee inherentemente el pueblo venezolano. El
funcionario público civil o militar que frene o imposibilite a una población en
situación de agravada crisis humanitaria como es la venezolana, su derecho
universal y constitucional a abastecerse de medicinas y alimentos para ellos,
su hogar e hijos, estaría de hecho condenándose automáticamente a responder en
Tribunales Internacionales de Justicia.”
“El
oficial militar o policial que reciba, obedezca y ejecute dicha orden ilegal,
estaría incurriendo en graves Delitos de Lesa Humanidad contra su propio
pueblo, tipificados ampliamente en el Derecho Internacional Humanitario. Estos
oficiales estarían cometiendo por acción u omisión Delitos Contra la Humanidad
que no prescriben nunca y no son susceptibles de amnistía alguna.”
El
Activista de Derechos Humanos Miguel Méndez Fabbiani quien se dedica a
documentar violaciones a los Pactos, Tratados y Protocolos internacionales en
Venezuela declaró:
“La grave crisis humanitaria Venezolana ha
degenerado en una crisis migratoria con repercusiones hemisféricas. La cúpula
del régimen autocrático y tiránico de Nicolás Maduro acopia suficiente
evidencia para ser enjuiciada por graves Crimines de Lesa Humanidad, previstos
y sancionados en el Estatuto de Roma. Las muertes por hambruna, enfermedad y
éxodo (diáspora) en Venezuela son consecuencia directa de políticas públicas
orientadas a generar un contexto de muerte, carestía, desabastecimiento,
depauperación y empobrecimiento extremo. Estas políticas anacrónicas,
centralizadas y planificadas persiguen como único fin el control total de la
población venezolana mediante el miedo, el sufrimiento, el hambre y la
enfermedad.”