Prensa. Noticiero Digital.
Este
sábado 21 de marzo, en horas de la noche fue detenido arbitrariamente por las
Fuerzas de Acciones Especiales (Faes), el colega Darvinson Rojas. El
periodista fue detenido junto a sus padres luego de allanamiento de su casa sin
orden de tribunal alguno, bajo amenazas efectuadas por los funcionarios
policiales y trasladado a la sede policial en la Urbanización La Quebradita.
Cerca
de la medianoche fueron liberados los progenitores de Rojas, quienes este
domingo 22 se dirigieron de nuevo al organismo policial donde se les informó el
periodista no se encontraba allí.
Se
trata de una desaparición forzada, la cual está definida por las Naciones
Unidas en la aprobación de la Convención Internacional para la protección de
todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, estableciendo como nuevo
derecho humano en todo el mundo el derecho a no ser sometido a desaparición
forzada.
El
artículo 2 de la Convención define la desaparición forzada: Se entenderá por
«desaparición forzada» el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra
forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por
personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la
aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de
libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona
desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley.
En
los apartados del artículo 1, la Convención establece el nuevo derecho humano
absoluto, inviolable bajo ninguna circunstancia de excepción:
1.
Nadie será sometido a una desaparición forzada.
2.
En ningún caso podrán invocarse circunstancias excepcionales tales como estado
de guerra o amenaza de guerra, inestabilidad política interna o cualquier otra
emergencia pública como justificación de la desaparición forzada.
Desde
el CNP Caracas hemos venido denunciando que la agresión a periodistas y el
hostigamiento a los medios se ha convertido en una política de Estado,
representando un grave atentado contra las libertades de expresión, prensa e
información, lo que se traduce en una violación flagrante a los principios
democráticos establecidos en la nuestra carta magna.
Es
muy grave que el gobierno presidido por Maduro se aproveche del estado de
emergencia producto de la pandemia de enfermedad por Coronavirus, para atentar
contra un valor de la democracia como es el derecho a la información.
El
gremio periodístico tiene que cumplir con el deber de mantener al pueblo
informado. Por ello, más allá de ser un atentado contra las libertades de
expresión, información y prensa; es un acto criminal contra los periodistas,
quienes ejerciendo su profesión, constantemente somos agredidos por autoridades
y grupos civiles afectos al gobierno.
La
Constitución Nacional Bolivariana, en su Artículo 57, señala: “Toda persona
tiene derecho a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones de
viva voz, por escrito mediante cualquier otra forma de expresión y de hacer uso
de cualquier medio de comunicación y difusión, sin que pueda establecerse
censura…”
El
gobierno venezolano está haciendo uso de una de las formas más radicales que
utilizan los regímenes autoritarios para impedir la difusión de informaciones.
Por
otro lado la ley de ejercicio del periodismo señala, en su Art. 8, “El secreto
profesional es derecho y responsabilidad del periodista. Ningún periodista está
obligado a revelar la fuente informativa de hechos de los que haya tenido
conocimiento en el ejercicio de la profesión».
La
carta de la OEA, en su Capítulo II, Artículo 3, letra 1, señala: “Los Estados
americanos proclaman los derechos fundamentales de la persona humana sin hacer
distinción de raza, nacionalidad, credo o sexo.” Entre los derechos
fundamentales del hombre está la de expresarse y opinar libremente, sin ningún
tipo de coacción o amenaza.
La
Carta Democrática Interamericana, sobre el particular señala: “Artículo 4: Son
componentes fundamentales del ejercicio de la democracia, entre otros, el
respeto por los derechos sociales y la libertad de expresión y de prensa».
El
derecho a la libertad de expresión está fuera de toda discusión en la sociedad
actual, ya que es factor fundamental indispensable para la existencia de una
sociedad democrática, aunque en el caso venezolano no solo es importante la
presencia de este derecho sino su efectividad, es decir la garantía de su
cumplimiento.
Exigimos
la liberación inmediata de Darvinson Rojas. Asimismo instamos a la comunidad
internacional estar atentos por la situación que atraviesa la prensa en
Venezuela, particularmente en estos momentos de pandemia por Coronavirus.
Caracas
,22 de marzo de 202