Decreto de Presupuesto Nº 003-2014 de la Alcaldía del Municipio Páez estado Apure por Alcaldesa Lumay Barreto. - SenderosdeApure.Net

Recientes

BANNER PRINCIPAL

viernes, 11 de abril de 2014

Decreto de Presupuesto Nº 003-2014 de la Alcaldía del Municipio Páez estado Apure por Alcaldesa Lumay Barreto.

Decreto: Presupuesto Nº  003-2014
08 de abril 2014
Alcaldesa municipio Páez estado Apure´.
Lumay Barreto.


DECRETO Nº  003-2014
DE FECHA 08 DE ABRIL DE 2014
LUMAY DELFINA BARRETO DE DEL ORBE
Alcaldesa del Municipio José Antonio Páez
Del estado Apure.
                                                  
La ciudadana LUMAY DELFINA BARRETO DE DEL ORBE, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.639.337, en su carácter de Alcaldesa del Municipio José Antonio Páez, Distrito Alto Apure del estado Apure, según Gaceta Municipal Nº 155/2013 de fecha 11 de Diciembre de 2013; en uso de las atribuciones que le confieren el artículo 84 y 88 numerales 3, 11,12, de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal según Gaceta Oficial Nº 6.015 de fecha 28 de Diciembre de 2010.

CONSIDERANDO

Que la actividad de la Administración Pública se desarrolla en base a los principios de simplicidad administrativa, eficacia, transparencia en su estructura organizativa y de racionalidad técnica y jurídica.

CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 2 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (G.O.R.B.V Nº 6.015 Extraordinario de fecha 28-12-2010) se entiende que el Municipio constituye la unidad política primario de la organización nacional de la Republica, goza de personalidad jurídica y ejerce sus competencias de manera autónoma, conforme a la Constitución de la República Bolivariana y la Ley. Sus actuaciones incorporaran las participaciones protagónicas del pueblo a través de las comunidades organizadas, de manera efectiva, suficiente y oportuna, en la definición, ejecución de la gestión pública, el control y evaluación de sus resultados.
CONSIDERANDO

Que es deber del Alcalde o Alcaldesa, cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, así como las demás directrices que rigen el ordenamiento jurídico Municipal y garantizar a través de la Estructura Organizativa de la institución el alcance de los mecanismos administrativos, a los fines de lograr un gobierno eficiente y honesto.

CONSIDERANDO

Que la Alcaldía del Municipio José Antonio Páez del Distrito Alto Apure, del estado Apure está dotada constitucionalmente y legalmente de autonomía orgánica, funcional y administrativa, dentro de los términos que establecen las leyes, sin más que ajustar su actuación al principio de legalidad y en consecuencia producir la normativa y actos administrativos pertinentes al efecto.
   
CONSIDERANDO

Que la Alcaldía del Municipio José Antonio Páez del distrito Alto Apure, del estado Apure se encuentra en proceso de Reorganización Administrativa dictada mediante Decreto Nº 001 - 2014 de fecha 06 de Enero de 2014, publicado en Gaceta Municipal N° 002-2014, de fecha 07 de Enero de 2014.

CONSIDERANDO
  
Que en fecha 24 de Marzo de 2014  fue remitido al Concejo Municipal del  Municipio José Antonio Páez del estado Apure el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Gastos del Municipio correspondiente al periodo 01 de abril de 2014 al 31 de diciembre de 2014 según consta en oficio N° DA-421-2014 emanado del despacho de la alcaldesa del municipio y recibido por el Concejo Municipal del Municipio José Antonio Páez del estado Apure en fecha 25 de Marzo de 2014, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 88 numeral 11  de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal.
  
CONSIDERANDO

 Que el Proyecto de Ordenanza de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos para el ejercicio económico financiero 2014 del Municipio José Antonio Páez presentado  en fecha 24 de Marzo de 2014, fue aprobado y modificado en Sesión Extraordinaria  N° 06 de fecha 31 de Marzo de 2014  en la tercera y última discusión por el Concejo Municipal sin haberse presentado argumentos legales y técnicos para dichas modificaciones, tal como se evidencia en oficio N° CM-117-2014 suscrito por el Sub Secretario del Concejo Municipal del Municipio José Antonio Páez del estado Apure.
  
CONSIDERANDO

Que el ejecutivo municipal previo a la notificación recibida mediante Oficio  N° CM-117-2014 suscrito por el Sub Secretario del Concejo Municipal del Municipio José Antonio Páez del estado Apure; no fue informado de modificación alguna, no recibió solicitud de aclaratoria referente a los montos que soportan y justifican los recursos asignados a cada una de las partidas específicas y sub específicas de los sectores y programas que conforman el Proyecto de Ordenanza de Presupuesto sujeto a aprobación por parte del  Concejo Municipal del Municipio José Antonio Páez del estado Apure.


CONSIDERANDO

Que la modificación propuesta, afecta el normal desenvolvimiento de las tareas del personal fijo y directivo, lo cual repercute directamente en la prestación de los servicios públicos municipales y de sus derechos laborales.

 CONSIDERANDO

Que en la Ordenanza de Presupuesto de un municipio deben expresarse los planes locales elaborados dentro de las líneas generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la nación aprobados por la Asamblea Nacional en aquellos aspectos que exigen, por parte del sector público, captar y asignar recursos conducentes al cumplimiento de las metas de desarrollo económico, social del país.

CONSIDERANDO

Que presupuestar es uno de los elementos del proceso total de la Planificación y que la Programación implica la formulación de objetivos y el estudio de las alternativas de la acción futura para alcanzar los fines; así como también implica la reducción de estas alternativas de un número muy amplio a uno pequeño y finalmente en la prosecución del curso de la acción adoptada a través de un programa de trabajo.
  
CONSIDERANDO

Que según lo establecido en los artículos 311 y 315 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con el artículo 288 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, el Presupuesto Municipal se constituye en un instrumento estratégico de planificación, de administración y gobierno local, que exige captar y asignar recursos conducentes al cumplimiento de las metas de desarrollo económico, social e institucional del municipio y será ejecutado con  base a los principios de eficiencia, solvencia transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal.
  
CONSIDERANDO

Que en el marco del texto constitucional y legal de nuestro país las actuaciones del municipio en el ámbito de sus competencias, deben desarrollarse incorporando la participación ciudadana al proceso de definición y ejecución de la gestión pública y al control y evaluación de sus resultados, en forma efectiva, suficiente y oportuna, con lo cual se reafirman los postulados del Principio de Participación que caracteriza el Sistema Constitucional vigente.

CONSIDERANDO
  
Que la Alcaldesa del municipio José Antonio Páez del estado Apure, cumplió con el procedimiento para la elaboración y aprobación del Plan y Presupuesto de Inversión anual del municipio en los términos de lo establecido en el artículo 54 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal en concordancia con lo establecido en los artículos 34 al  39 de la Ley  de los Consejos Locales de Planificación Pública.

CONSIDERANDO

Que en virtud de que la aprobación de la Ordenanza de Ingresos y Gastos del ejercicio económico financiero 2014, ha generado conflictos en el municipio de manera inmediata en los propios trabajadores municipales y demás entes, organismos e instituciones que dependen o tienen asignación para su funcionamiento de parte del municipio, por falta de pago de sueldos y salarios, pero igualmente el funcionamiento de los servicios públicos, y finalmente al pueblo que requiere de los servicios administrativos municipales, que no podrán prestarse de la manera planificada, por las modificaciones planteadas por el concejo municipal al proponer una Distribución del Presupuesto que rompe con el principio de Proporcionalidad, Razonabilidad, Responsabilidad y Equilibrio Fiscal, tal como lo consagran los artículos 311 y 315 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

CONSIDERANDO

Que el ejecutivo municipal debe evitar la parálisis o colapso de la administración y garantizar la certidumbre presupuestaria a fin de dar cumplimiento al principio de legalidad presupuestaria en la obtención y ejecución de los ingresos y gastos tal como lo prevé la Ley Orgánica de administración Financiera del Sector Público.   

DECRETA

PRIMERO: Aprobar por Decreto la Distribución Institucional del Presupuesto de Ingresos y Gastos del municipio José Antonio Páez del estado Apure presentado por la Alcaldesa al Concejo Municipal del Municipio José Antonio Páez del estado Apure en fecha 24 de marzo de 2014 remitido mediante oficio N° DA -421-2014, sin considerar las modificaciones presentadas por dicho cuerpo legislativo.

SEGUNDO: Remitir el presente Decreto para su publicación en la Gaceta Municipal  a la Secretaria de Cámara del Concejo del Municipio José Antonio Páez del estado Apure.


Dado, firmado y sellado en el Despacho de la Alcaldesa del Municipio José Antonio Páez, Distrito Alto Apure del estado Apure,  a los ocho (08) días del mes de abril de 2014.

Comuníquese y Publíquese

 203° de la Independencia y 154° de la Federación.

  
LUMAY BARRETO DE DEL ORBE

Alcaldesa del Municipio José Antonio Páez del Estado Apure


DOCUMENTO ORIGINAL 





PRESUPUESTO DE INGRESOS 
            
DARLE DOBLE CLICK PARA AMPLIAR LA GRÀFICA

VENTA: LIBRO DIGITAL PROMOCIONAL. 5$ (BCV). DALE CLICK.

VENTA: LIBRO DIGITAL: SENDEROS DE APURE. 5$ (BCV). DALE CLICK.

VENTA: LIBRO DIGITAL: YO AMO APURE. 5$ (BCV). DALE CLICK.

VENTA: LIBRO DIGITAL: EDUARDO: HUMANIDAD. 5$ (BCV). DALE CLICK.

VENTA: LIBRO DIGITAL: GERENCIA DE MEDIOS II. 5$. (BCV). DALE CLICK.

VENTA: LIBRO DIGITAL: POSTALES DIGITALES. 5$ (BCV). DALE CLICK.