Decreto: Presupuesto Nº
003-2014
08 de abril 2014
Alcaldesa municipio Páez estado Apure´.
Lumay Barreto.
DECRETO Nº 003-2014
DE FECHA 08 DE ABRIL DE 2014
LUMAY
DELFINA BARRETO DE DEL ORBE
Alcaldesa
del Municipio José Antonio Páez
Del
estado Apure.
La
ciudadana
LUMAY DELFINA BARRETO DE DEL ORBE, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-
5.639.337, en su carácter de Alcaldesa del Municipio José Antonio Páez,
Distrito Alto Apure del estado Apure, según Gaceta Municipal Nº 155/2013 de
fecha 11 de Diciembre de 2013; en uso de las atribuciones que le confieren el
artículo 84 y 88 numerales 3, 11,12, de la Ley Orgánica del Poder Público
Municipal según Gaceta Oficial Nº 6.015 de fecha 28 de Diciembre de 2010.
CONSIDERANDO
Que
la actividad de la Administración Pública se desarrolla en base a los
principios de simplicidad administrativa, eficacia, transparencia en su
estructura organizativa y de racionalidad técnica y jurídica.
Que de
conformidad con el artículo 2 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (G.O.R.B.V
Nº 6.015 Extraordinario de fecha 28-12-2010) se entiende que el Municipio
constituye la unidad política primario de la organización nacional de la
Republica, goza de personalidad jurídica y ejerce sus competencias de manera
autónoma, conforme a la Constitución de la República Bolivariana y la Ley. Sus
actuaciones incorporaran las participaciones protagónicas del pueblo a través
de las comunidades organizadas, de manera efectiva, suficiente y oportuna, en
la definición, ejecución de la gestión pública, el control y evaluación de sus
resultados.
CONSIDERANDO
Que es deber del
Alcalde o Alcaldesa, cumplir y hacer cumplir la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, así como
las demás directrices que rigen el ordenamiento jurídico Municipal y garantizar
a través de la Estructura Organizativa de la institución el alcance de los
mecanismos administrativos, a los fines de lograr un gobierno eficiente y
honesto.
CONSIDERANDO
Que la Alcaldía
del Municipio José Antonio Páez del Distrito Alto Apure, del estado Apure está
dotada constitucionalmente y legalmente de autonomía orgánica, funcional y
administrativa, dentro de los términos que establecen las leyes, sin más que
ajustar su actuación al principio de legalidad y en consecuencia producir la
normativa y actos administrativos pertinentes al efecto.
CONSIDERANDO
Que
la Alcaldía del Municipio José Antonio Páez del distrito Alto Apure, del estado
Apure se encuentra en proceso de Reorganización Administrativa dictada mediante
Decreto Nº 001 - 2014 de fecha 06 de Enero de 2014, publicado en Gaceta
Municipal N° 002-2014, de fecha 07 de Enero de 2014.
CONSIDERANDO
Que en fecha 24 de Marzo de 2014 fue remitido al Concejo Municipal del Municipio José Antonio Páez del estado Apure
el Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Gastos del Municipio correspondiente
al periodo 01 de abril de 2014 al 31 de diciembre de 2014 según consta en
oficio N° DA-421-2014 emanado del despacho de la alcaldesa del municipio y
recibido por el Concejo Municipal del Municipio José Antonio Páez del estado
Apure en fecha 25 de Marzo de 2014, dando cumplimiento a lo establecido en el
artículo 88 numeral 11 de la Ley
Orgánica del Poder Público Municipal.
CONSIDERANDO
Que el Proyecto de Ordenanza de Presupuesto Anual de
Ingresos y Gastos para el ejercicio económico financiero 2014 del Municipio
José Antonio Páez presentado en fecha 24
de Marzo de 2014, fue aprobado y modificado en Sesión Extraordinaria N° 06 de fecha 31 de Marzo de 2014 en la tercera y última discusión por el
Concejo Municipal sin haberse presentado argumentos legales y técnicos para
dichas modificaciones, tal como se evidencia en oficio N° CM-117-2014 suscrito
por el Sub Secretario del Concejo Municipal del
Municipio José Antonio Páez del estado Apure.
CONSIDERANDO
Que el ejecutivo municipal previo a la
notificación recibida mediante Oficio N° CM-117-2014
suscrito por el Sub Secretario del Concejo Municipal del Municipio José Antonio Páez del estado Apure; no fue informado de
modificación alguna, no recibió solicitud de aclaratoria referente a los montos
que soportan y justifican los recursos asignados a cada una de las partidas
específicas y sub específicas de los sectores y programas que conforman el
Proyecto de Ordenanza de Presupuesto sujeto a aprobación por parte del Concejo Municipal del Municipio José Antonio
Páez del estado Apure.
CONSIDERANDO
Que la modificación propuesta, afecta el normal desenvolvimiento de las tareas
del personal fijo y directivo, lo cual repercute directamente en la prestación
de los servicios públicos municipales y de sus derechos laborales.
CONSIDERANDO
Que en la Ordenanza de Presupuesto de un
municipio deben expresarse los planes locales elaborados dentro de las líneas
generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la nación aprobados por
la Asamblea Nacional en aquellos aspectos que exigen, por parte del sector
público, captar y asignar recursos conducentes al cumplimiento de las metas de
desarrollo económico, social del país.
CONSIDERANDO
Que presupuestar es uno de los elementos del
proceso total de la Planificación y que la Programación implica la formulación
de objetivos y el estudio de las alternativas de la acción futura para alcanzar
los fines; así como también implica la reducción de estas alternativas de un número
muy amplio a uno pequeño y finalmente en la prosecución del curso de la acción
adoptada a través de un programa de trabajo.
CONSIDERANDO
Que según lo establecido en los artículos 311
y 315 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en
concordancia con el artículo 288 de la Ley Orgánica del Poder Público
Municipal, el Presupuesto Municipal se constituye en un instrumento estratégico
de planificación, de administración y gobierno local, que exige captar y
asignar recursos conducentes al cumplimiento de las metas de desarrollo
económico, social e institucional del municipio y será ejecutado con base a los principios de eficiencia,
solvencia transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal.
CONSIDERANDO
Que en el marco del
texto constitucional y legal de nuestro país las actuaciones del municipio en
el ámbito de sus competencias, deben desarrollarse incorporando la
participación ciudadana al proceso de definición y ejecución de la gestión
pública y al control y evaluación de sus resultados, en forma efectiva,
suficiente y oportuna, con lo cual se reafirman los postulados del Principio de
Participación que caracteriza el Sistema Constitucional vigente.
CONSIDERANDO
Que la Alcaldesa del municipio José Antonio
Páez del estado Apure, cumplió con el procedimiento para la elaboración y
aprobación del Plan y Presupuesto de Inversión anual del municipio en los
términos de lo establecido en el artículo 54 de la Ley Orgánica del Poder
Público Municipal en concordancia con lo establecido en los artículos 34 al 39 de la Ley
de los Consejos Locales de Planificación Pública.
CONSIDERANDO
Que en virtud de que la aprobación de la
Ordenanza de Ingresos y Gastos del ejercicio económico financiero 2014, ha
generado conflictos en el municipio de manera inmediata en los propios
trabajadores municipales y demás entes, organismos e instituciones que dependen
o tienen asignación para su funcionamiento de parte del municipio, por falta de
pago de sueldos y salarios, pero igualmente el funcionamiento de los servicios
públicos, y finalmente al pueblo que requiere de los servicios administrativos
municipales, que no podrán prestarse de la manera planificada, por las
modificaciones planteadas por el concejo municipal al proponer una Distribución
del Presupuesto que rompe con el principio de Proporcionalidad, Razonabilidad,
Responsabilidad y Equilibrio Fiscal, tal como lo consagran los artículos 311 y
315 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
CONSIDERANDO
Que el ejecutivo municipal debe evitar la
parálisis o colapso de la administración y garantizar la certidumbre
presupuestaria a fin de dar cumplimiento al principio de legalidad
presupuestaria en la obtención y ejecución de los ingresos y gastos tal como lo
prevé la Ley Orgánica de administración Financiera del Sector Público.
DECRETA
PRIMERO: Aprobar por
Decreto la Distribución Institucional del Presupuesto de Ingresos y Gastos del
municipio José Antonio Páez del estado Apure presentado por la Alcaldesa al
Concejo Municipal del Municipio José Antonio Páez del estado Apure en fecha 24
de marzo de 2014 remitido mediante oficio N° DA -421-2014, sin considerar las
modificaciones presentadas por dicho cuerpo legislativo.
SEGUNDO: Remitir el
presente Decreto para su publicación en la Gaceta Municipal a la Secretaria de Cámara del Concejo del
Municipio José Antonio Páez del estado Apure.
Dado, firmado y sellado en el Despacho de la Alcaldesa del
Municipio José Antonio Páez, Distrito Alto Apure del estado Apure, a los ocho (08) días del mes de abril de
2014.
Comuníquese y Publíquese
203° de la
Independencia y 154° de la Federación.
LUMAY
BARRETO DE DEL ORBE
Alcaldesa
del Municipio José Antonio Páez del Estado Apure
DOCUMENTO ORIGINAL
PRESUPUESTO DE INGRESOS
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