Exigen la derogación del artículo 296-A del código penal venezolano que criminaliza a periodistas y ciudadanos. - SenderosdeApure.Net

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martes, 13 de octubre de 2026

Exigen la derogación del artículo 296-A del código penal venezolano que criminaliza a periodistas y ciudadanos.

Prensa. Senderos de Apure.

El secretario de organización del Colegio Nacional de Periodistas seccional Apure-Amazonas y que se encuentra en el exilio, Eduardo Galindo Peña, exige a la asamblea nacional 2015 y al gobierno de Estados Unidos que tutela el interinato en Venezuela la eliminación del  artículo 296-A del código penal venezolano donde a judicializado a periodistas y ciudadanos en el estado Apure y territorio venezolano.


Acotando, Galindo que vivió en carne propia por ser imputado en el año 2020, por información falsa e incertidumbre Pública y lo denunció  como un patrón de conducta donde su primo José Galindo en Apure también fue objeto de este imputación como forma para amordazarlos jurídicamente y una manera que el régimen utilizó para silenciar a otros comunicadores sociales antes de darle paso a la Ley del Odio. Por lo cual, su caso duró 6 años con una mordaza jurídica y en este mes de junio de 2026 su expediente fue sobreseído donde no cometió ningún delito, sino más bien por ejercer el periodismo independiente.


Cabe destacar, que este artículo 296-A del código penal venezolano data desde el año 2005 y establece lo siguiente; “Todo individuo que por medio de informaciones falsas difundidas por cualquier medio impreso, radial, televisivo, telefónico, correos electrónicos o escritos panfletarios, cause pánico en la colectividad o la mantenga en zozobra, será castigado con prisión de dos a cinco años. Si los hechos descritos en el aparte anterior fueren cometidos por un funcionario público, valiéndose del anonimato o usando para tal fin el nombre ajeno, la pena se incrementará en una tercera parte. Este artículo será aplicado sin perjuicio a lo establecido en la legislación especial sobre los delitos informáticos, telecomunicaciones, impresos y transmisión de mensajes de datos.


Todavía, Galindo Peña, no entiende este artículo que no es nada democrático y que solo existe en regímenes totalitarios y autocráticos como Cuba, Nicaragua y Venezuela. Además, señaló que este artículo es incoherente en todos sus sentidos donde mezcla; información falsa, incertidumbre publica y cause zozobra a la colectividad. Asimismo se vulnera el artículo 58 de la constitución venezolana en materia de liberta de expresión e información. Màs bien afirmó Galindo que fue utilizado políticamente por el chavismo-madurismo y que debe ser estudiado por juristas y escuela de comunicación social y de derecho tanto en Venezuela y a nivel mundial por organismo de derechos humanos.


Por último, reiteró el secretario de organización del CNP Apure-Amazonas que este artículo 296-A del código penal venezolano debe abolirse  actualmente en medio de la transición o sino cuando se restablezca la democracia  debe eliminarse por ser anti-democrático y quienes  aplicaron dicho artículo debe ser investigados para que se haga justicia y no queden estos casos en la impunidad.


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