Prensa. Alianza
por la Libertad de Expresión.
La
Alianza por la Libertad de Expresión presentó ante la Comisión de Medios de la
AN propuestas de reforma de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, Ley Resorte
y Código Penal para garantizar mayor democracia y menos control arbitrario del
Estado sobre la libertad de expresión e información y sobre los medios de
comunicación.
Silvia
Alegrett, expresidenta del CNP y coordinadora de Expresión Libre, hizo la
presentación del grupo y seguidamente cedió la palabra a Carlos Correa (Espacio
Público) y a Elizabeth Safar (RTSP), quienes explicaron los detalles de la
propuesta. El presidente de la Comisión de Medios, Tomás Guanipa aseguró estar
muy complacido al recibir esta propuesta de tan calificados representantes de
la docencia, el gremio, la investigación y las ONG.
Al
referirse a la reforma de la Ley de Telecomunicaciones, los integrantes de la
Alianza afirman que “Es indispensable que CONATEL sea una Autoridad independiente
y autónoma, que no responda a líneas políticas partidistas de forma que pueda
garantizar pluralidad y diversidad en la asignación de frecuencias”, y “debe
eliminarse la potestad exclusiva del Presidente de la República para nombrar a
los integrantes del directorio de Conatel”.
Los
integrantes de Conatel deberán ser designados por la Asamblea Nacional en un
proceso que incluya la participación de la sociedad civil y debe incluir
disposiciones que garanticen específicamente la existencia de pluralidad y diversidad
en el otorgamiento de concesiones.
La
Ley vigente otorga potestades extraordinarias del Presidente de la República y
de CONATEL que no responden a criterios adecuados a la libertad de expresión,
razón por la cual deberán ser eliminados los artículos 22, 107 y disposición
transitoria 10. Las transmisiones
obligatorias en radio y televisión constituyen una importante limitación a la
libertad de expresión e información de los ciudadanos, en particular cuando las
mismas son utilizadas de forma indiscriminada.
Derogación
de la Ley Resorte
Sobre
la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televsión y Medios Electrónicos
(Resorteme) la Alianza considera que “debería ser derogada porque contiene
artículos que abierta o solapadamente violan preceptos constitucionales
relativos a derechos y libertades de
información, comunicación y cultura, que el Estado debe garantizar por
igual a todos los ciudadanos; a saber, los artículos 6, 7, 10, 20, 23, 27, 28,
29, 33, 34, 35”.
En
este sentido la Alianza respalda la presentación del Proyecto de Ley Orgánica
de la Radiotelevisión del Comité por una Radiotelevisión de Servicio Público,
asociación civil perteneciente a la coalición, cuyo núcleo central parte de la
creación de una Autoridad Independiente, autónoma, para la Radiotelevisión y la creación de un
Servicio Público de Radiotelevisión No Gubernamental, orientados a garantizarle
al país “la comunicación libre y plural” del Art. 58 de la Constitución de la
República y del Art. 57
En
espera pues de mejores momentos para la
aprobación de un moderno marco regulatorio para la radiotelevisión venezolana,
la Alianza se limita aquí a proponer la reestructuración y eliminación de
algunos artículos de la vigente Ley de Responsabilidad Social en Radio,
Televisión y Medios Electrónicos.
Se
solicita la supresión de los artículos 6, 7, y 10. El artículo 10 es el núcleo
duro de una Ley que otorga al Ejecutivo la potestad de suprimirle al país
entero, sorpresivamente, el libre acceso a
la mensajería radiotelevisiva durante todo el tiempo de
transmisión, a emisoras unificadas, de
propaganda gubernamental o de alocuciones presidenciales. Supresión de los
artículos 33, 34 y 35 sobre Medidas Cautelares, que conceden a CONATEL el poder
discrecional absoluto de suspenderle a
cualquier emisor la difusión de mensajes
Reestructuración
del artículo 20 referido a la integración del Directorio de Responsabilidad
Social que, actualmente, niega el carácter plural y de autoridad imparcial que
debería tener una institución que maneja recursos que pertenecen a la Nación. Reestructuración
de los artículos 27 y 28 que definen y establecen prohibiciones de transmisión
para determinados contenidos y sanciones y multas desproporcionadas.
Sobre
el Código Penal, la Alianza sostiene que “Los estándares internacionales de
derechos humanos han establecido que deben eliminarse las sanciones penales por
difamación, calumnia e injuria. La protección a la reputación debe estar
garantizada sólo a través de sanciones civiles, es decir, no se puede castigar
con prisión los llamados delitos de opinión”.
De
esta manera las faltas al honor o reputación puedan ser resarcidas a través del
derecho a réplica y/o reparaciones económicas proporcionales. Deben modificarse
los artículos del COPP[1] 141, 147, 148, 149, 150, 151, 215, 222, 223, 224,
225, 226, 227, 228, 357, 442, 443, 444, 445, 448, 450 y 506, del texto
decretado. Los mencionados artículos mantienen y amplían el alcance de figuras
jurídicas que son contrarias al contenido del derecho a la Libertad de expresión,
como lo es el vilipendio o desacato.
Caracas,
miercoles 09 de marzo de 2016
Conforman la Alianza:
Centro
de Derechos Humanos de la UCAB, Círculo de Reporteros Gráficos de Venezuela,
Colegio Nacional de Periodistas, Comité por una Radiotelevisión de servicio
público, Dirección de Posgrados de comunicación social de la UCAB, Espacio
Público, Expresión Libre, Instituto de Investigaciones de la Comunicación de la
Universidad Central de Venezuela (Ininco-UCV), Instituto Prensa y Sociedad de
Venezuela, Revista Comunicación, SER Comunicación y Asociados, Sindicato
Nacional de Trabajadores de la Prensa, Transparencia Venezuela y Un Mundo Sin
Mordaza.